Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional Ocupacional. Inserción Laboral. (2021050111)
Orden de 17 de junio de 2021 por la que se regula la admisión de alumnos en Centros de Enseñanzas de Personas Adultas para la realización de cursos para la obtención de los certificados de superación de las competencias clave, necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad, para el curso 2021/2022.
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NÚMERO 119

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Miércoles, 23 de junio de 2021

b) Para aquellos aspirantes que acrediten haber superado los módulos de Comunicación y
Sociedad I y II o Ciencias Aplicadas I y II de Formación Profesional Básica, según las
siguientes equivalencias:

Correspondencia FP Básica
Competencia exenta
Módulos
Comunicación en lengua castellana

Comunicación y Sociedad I y II

Comunicación en lengua extranjera

Comunicación y Sociedad I y II

Matemáticas

Ciencias Aplicadas I y II

c) Quienes acrediten la superación del nivel II de Educación Secundaria para Personas
Adultas establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el ámbito que proceda, o el que correspondiera en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre,
de Ordenación General del Sistema Educativo.
d) Quienes acrediten haber aprobado el ámbito correspondiente en las pruebas libres para
la obtención directa del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
e) P
 ersonas que tengan superadas las materias correspondientes de 4º curso de Educación
Secundaria Obligatoria según decreto que establece el currículo correspondiente de la
Educación Secundaria Obligatoria.
f) Personas que tengan superadas algunas de las partes que corresponda de la prueba de
acceso a Grado Medio de Formación Profesional.
g) Personas que tengan superada alguna competencia clave en convocatorias anteriores
de pruebas de obtención directa del certificado de superación de competencias clave de
nivel 2.
h) P
 ersonas que tengan superada alguna competencia clave del nivel 2 en cursos académicos presenciales anteriores.
i) Igualmente, las personas que hayan superado el primer curso del Nivel Básico de las
Enseñanzas de Idiomas, estarán exentas de realizar la competencia clave de Lengua
Extranjera N-2.