Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Enseñanza Universitaria. Becas. (2021050109)
Orden de 15 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 117
Lunes, 21 de junio de 2021

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3. D
 e acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, si la
solicitud y/o la documentación presentada no reúne los requisitos exigidos, se requerirá a
la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por
desistida su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en
el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Artículo 7. Documentación a presentar junto a la solicitud.
1. J unto con la solicitud de la beca se presentarán los siguientes documentos:
a) Notificación que acredite la concesión de la beca de excelencia académica, y en su caso,
la beca de cuantía fija ligada a renta, en el curso académico de la convocatoria, descargada de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
b) Documento de Alta de Terceros debidamente cumplimentado. No obstante, no será necesario esta documentación en caso de figurar en la base de datos del Sistema Contable
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

http://www.juntaex.es/filescms/ddgg008/uploaded_files/tesoreria/MODELO_PARA_ALTAS_DE_TERCEROS_Autorrellenable.pdf
2. L
 as personas solicitantes matriculadas en universidades distintas de la Universidad de
Extremadura, además de los documentos anteriores, deberán acompañar:
a) Copia de la matrícula de la persona solicitante para el curso académico de la convocatoria, en la que se indiquen las asignaturas, número de convocatoria y créditos en que
se matricula.
b) Documento acreditativo de las calificaciones obtenidas en las pruebas de acceso a la
universidad, cuando se solicite beca para estudios de Grado existentes en la Universidad de Extremadura.
3. L
 as personas solicitantes que se opongan a la comprobación de oficio por la Junta de
Extremadura de sus datos de identidad personal, residencia y datos académicos, deberán
acompañar:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad.
b) Certificado de empadronamiento de la unidad familiar expedido por el Ayuntamiento
correspondiente, este documento es sólo para el alumnado que no estudie en la Universidad de Extremadura.