Consorcio Extremeño De Información Al Consumidor. Estatutos. (2021080847)
Anuncio de 15 de junio de 2021 por el que se da publicidad a los Estatutos del Consorcio Extremeño de Información al Consumidor, conforme a la modificación aprobada en el Consejo de Administración celebrado el día 21 de mayo de 2021.
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NÚMERO 117
Lunes, 21 de junio de 2021
31010
7. D
e cada sesión que celebre, se levantará acta por el Secretario, especificando los asistentes, orden del día de la reunión, las circunstancias de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos
adoptados, votos particulares de los miembros que discrepen del acuerdo mayoritario.
Las actas se aprobarán en la misma o siguiente sesión, pudiendo no obstante emitir el
Secretario certificación sobre los acuerdos específicos que se hayan adoptado, sin perjuicio
de la ulterior aprobación del acta.
Sección 2ª Comisión Ejecutiva
Artículo 10. Composición.
Está integrada por los siguientes miembros:
— Presidente: El Jefe de Servicio de Consumo y Participación
— Vocales:
• Dos técnicos de la Dirección General de Consumo y Salud Comunitaria con competencias en materia de información, formación y educación y Arbitraje de consumo,
designados por el Director General de Consumo y Salud Comunitaria.
• Dos técnicos con competencias en materia de consumo en representación de las Mancomunidades firmantes del Convenio. Serán designados, uno en representación de las
mancomunidades integrantes de las Áreas de Consumo de la provincia de Badajoz, y
otro de las mancomunidades integrantes de las Áreas de Consumo de la provincia de
Cáceres, por los representantes de las mancomunidades de cada Área de Consumo
que forman parte del Consejo de Administración del Consorcio, por turnos rotativos
con la periodicidad que acuerden los mismos.
• Un representante de la Junta Arbitral de Consumo, designado por su Presidente.
• El Coordinador del Consorcio.
— Secretario: Un funcionario de la Consejería de Sanidad y Consumo, designado por la
Dirección General de Consumo y Salud Comunitaria.
La Comisión Ejecutiva podrá recabar, cuando lo estime oportuno, el asesoramiento de especialistas en los temas a tratar.
Lunes, 21 de junio de 2021
31010
7. D
e cada sesión que celebre, se levantará acta por el Secretario, especificando los asistentes, orden del día de la reunión, las circunstancias de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos
adoptados, votos particulares de los miembros que discrepen del acuerdo mayoritario.
Las actas se aprobarán en la misma o siguiente sesión, pudiendo no obstante emitir el
Secretario certificación sobre los acuerdos específicos que se hayan adoptado, sin perjuicio
de la ulterior aprobación del acta.
Sección 2ª Comisión Ejecutiva
Artículo 10. Composición.
Está integrada por los siguientes miembros:
— Presidente: El Jefe de Servicio de Consumo y Participación
— Vocales:
• Dos técnicos de la Dirección General de Consumo y Salud Comunitaria con competencias en materia de información, formación y educación y Arbitraje de consumo,
designados por el Director General de Consumo y Salud Comunitaria.
• Dos técnicos con competencias en materia de consumo en representación de las Mancomunidades firmantes del Convenio. Serán designados, uno en representación de las
mancomunidades integrantes de las Áreas de Consumo de la provincia de Badajoz, y
otro de las mancomunidades integrantes de las Áreas de Consumo de la provincia de
Cáceres, por los representantes de las mancomunidades de cada Área de Consumo
que forman parte del Consejo de Administración del Consorcio, por turnos rotativos
con la periodicidad que acuerden los mismos.
• Un representante de la Junta Arbitral de Consumo, designado por su Presidente.
• El Coordinador del Consorcio.
— Secretario: Un funcionario de la Consejería de Sanidad y Consumo, designado por la
Dirección General de Consumo y Salud Comunitaria.
La Comisión Ejecutiva podrá recabar, cuando lo estime oportuno, el asesoramiento de especialistas en los temas a tratar.