Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061833)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de Planta solar fotovoltaica "PR2" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Bloggers Energías Renovables, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA20/1433.
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NÚMERO 115
Jueves, 17 de junio de 2021

30456

—S
 e mantendrá la maquinaria en correcta puesta a punto en cuanto a los procesos generadores de gases y humos.
—N
 o se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.
— Para el control de los derrames, todas las zonas destinadas al almacenamiento de residuos, deberán disponer de algún sistema de recogida o contención de fugas.
—S
 e habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se ubicarán
fuera del Dominio Público Hidráulico.
— Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados,
el promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten la correcta gestión de
los mismos a los diferentes gestores autorizados.
—L
 os residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Deberán habilitarse las
correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su tipología,
clasificación y compatibilidad.
—A
 l finalizar las obras se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material
no biodegradable o contaminante que se produzca a la hora de realizar los trabajos
(embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma
separada y gestionarse por gestor autorizado.
—L
 os residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen, se deberán separar
adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento,
cumpliendo en todo caso con lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de
febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción
y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el
régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción
y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
—P
 ara la apertura de caminos y zanjas, se aprovechará al máximo la red de caminos
existentes y se tratará de ajustar su acondicionamiento a la orografía y relieve del
terreno para minimizar pendientes y taludes.