Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061780)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de la Lapa y Zafra en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 114
Miércoles 16 de junio de 2021

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3. A
 tención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
Además de las actuaciones anteriores, los Ayuntamientos a través del servicio social desarrollarán las funciones atribuidas a los servicios sociales de atención social básica en el artículo
16 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, y cuantas otras
actuaciones o funciones se les atribuya legal o reglamentariamente relacionadas con la prestación.
Cuarta. Financiación y compromisos económicos que asumen cada una de las partes.
La financiación del presente convenio asciende a la cantidad de ciento setenta y dos mil ciento
noventa y un euros con noventa y cinco céntimos (172.191,95 €) destinada a financiar los
costes de personal y de funcionamiento de la prestación del servicio social de los Ayuntamientos, conforme al presupuesto que se detalla en el anexo I de este convenio.
De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
1. L
 a Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, aporta a la financiación del presente convenio la cantidad de ciento setenta mil
cuatrocientos setenta euros con tres céntimos (170.470,03 €), correspondiente al
99% de la financiación del mismo, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, en la posición presupuestaria
110030000/G/252B/46000/CAG0000001/20160094 “Servicios Sociales de Atención
Social Básica”, con fuente de financiación Comunidad Autónoma.
La tramitación del presente convenio se realiza mediante tramitación anticipada, por
lo que la aportación de la Junta de Extremadura queda condicionada a la existencia de
crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2021.
2. L
 os Ayuntamientos aportan a la financiación del presente convenio la cantidad total de
mil setecientos veintiún euros con noventa y dos céntimos ( 1.721,92 €), con cargo a
sus correspondientes Presupuestos Municipales para el año 2021 y en la parte proporcional que figura en el anexo II. Dicha cantidad total corresponde a la diferencia hasta
alcanzar el 100% de la financiación del convenio.
La aportación de cada uno de los Ayuntamientos hasta alcanzar el 100% de la financiación establecida en la presente cláusula y que se detalla en el anexo II de este convenio,
se determina en función del número de habitantes con que cuenta cada ayuntamiento,
según los últimos datos de población publicados por el Instituto Nacional de Estadística