Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061790)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "IM2 Puebla de la Reina" de 4,798 MWp, e infraestructura de evacuación de 15 kV, a realizar en el término municipal de Villafranca de los Barros (Badajoz). Expte.: IA19/1859.
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NÚMERO 114
Miércoles 16 de junio de 2021

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elementos cortantes o punzantes y contará con una placa metálica entre cada vano
en la mitad superior de la valla de 25 por 25 centímetros para hacerla más visible
para la avifauna.


— Se instalará una pantalla vegetal a lo largo del perímetro de ambas parcelas. Dado el
carácter agrícola del entorno, la pantalla vegetal estará compuesta fundamentalmente por olivos. Los ejemplares para el apantallamiento vegetal deberán tener alturas
superiores a 2 m. La plantación deberá contar con una densidad suficiente para que
minimice la visibilidad de la instalación fotovoltaica en el entorno. En el espacio entre
olivos, en colaboración con el Banco de Germoplasma de Extremadura de la DGS,
se realizará una plantación con Lavatera triloba, especie protegida que se distribuye
por las lindes de la Tierra de Barros y que alberga específicamente poblaciones del
escarabajo abispa (Plagionotus marcorum), ambas especies se encuentran en franca
regresión por la desaparición de lindes.

Se dispondrán los riegos necesarios para garantizar el éxito de la plantación.
Se instalará un cerramiento de exclusión ganadera a una distancia de 1,5-2 m del
cerramiento perimetral de la planta, creando un pasillo para la fauna. En este pasillo
de 1,5-2 m de anchura que queda entre los dos cerramientos perimetrales no se
toca la flora ni el suelo, esperando a que crezcan, sin necesidad de actuación, matorrales mediterráneos (jara, lentisco) así como ejemplares de Lavatera triloba que
puedan ofrecer una densificación de la pantalla vegetal para la planta.
— De cara a la protección del patrimonio, durante la fase de ejecución de todas las
obras será obligatorio un control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos
cualificados de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural que
conlleve la ejecución del proyecto de referencia. El control arqueológico será permanente y a pie de obra, y se hará extensivo a todas las obras de construcción, desbroces iníciales, instalaciones auxiliares, líneas eléctricas asociadas, destoconados,
replantes, zonas de acopios, caminos de tránsito y todas aquellas otras actuaciones
que derivadas de la obra generen los citados movimientos de tierra en cotas bajo
rasante natural.
Si como consecuencia de estos trabajos se confirmara la existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas del proyecto
de referencia, se procederá a la paralización inmediata de las obras en la zona de
afección, se balizará la zona para preservarla de tránsitos, se realizará una primera aproximación cronocultural de los restos, y se definirá la extensión máxima del
yacimiento en superficie. Estos datos serán remitidos mediante informe técnico a la
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural que cursará visita
de evaluación con carácter previo a la emisión de informe de necesidad de excavación completa de los hallazgos localizados.