Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2021050095)
Orden de 7 de junio de 2021 por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo, en el régimen a distancia, en centros públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2021/2022.
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NÚMERO 114
Miércoles 16 de junio de 2021

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La disposición final primera del mencionado Decreto 42/2007, de 6 de marzo, autoriza a la
Consejería de Educación para dictar cuantas disposiciones sean precisas para su desarrollo y
aplicación.
Por la presente orden se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar
ciclos formativos en régimen a distancia en la modalidad semipresencial y teleformación online en centros públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso
2021-2022.
La oferta en régimen a distancia en la modalidad semipresencial de las enseñanzas de
Formación Profesional del sistema educativo permite al alumnado cursar módulos profesionales
de determinados ciclos formativos, siendo una modalidad que requiere la presencia en el
centro educativo en determinados periodos de la formación. Esta presencia se articula a
través de la acción tutorial presencial que se realizará de dos modos diferentes: individual y
colectivamente.
La oferta en régimen a distancia en la modalidad teleformación on-line permite al alumnado
cursar módulos profesionales de determinados ciclos formativos, con la particularidad de que
los estudios se cursan a distancia a través de las herramientas que proporcionan las tecnologías de la información y la comunicación.
De esta manera se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3.9 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, en la
que se establece que, para garantizar el derecho a la educación de quienes no puedan asistir
de modo regular a los centros docentes, se desarrollará una oferta adecuada de educación a
distancia.
Al objeto de arbitrar el procedimiento adecuado para la realización del proceso de escolarización y matriculación del alumnado que curse ciclos formativos de grado medio y superior
en régimen a distancia, impartidos en centros docentes públicos, así como para la resolución
de aquellos casos en que la demanda de puestos escolares supere a la oferta de los mismos,
resulta necesario elaborar una normativa específica.
En la dirección de acercar la Administración educativa a la ciudadanía y agilizar la gestión,
la solicitud para participar en el procedimiento de admisión y matricula desarrollado en la
presente orden se realizará de forma telemática a través de la plataforma educativa Rayuela.
Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a
propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo