Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Empresarial. Cámaras Oficiales De Comercio E Industria. (2021DE0006)
Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables; se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del Covid-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura.
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NÚMERO 114
Miércoles 16 de junio de 2021
30017
CAPITULO III
Modificación del Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo.
Artículo 41. Modificación del Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en
materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico
y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19.
Se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado 3 del artículo 1 que queda redactado de la siguiente forma:
“3. El importe de la ayuda, 3 millones de euros, se irá abonando de manera anticipada
y parcialmente conforme se vayan cumpliendo una serie de hitos en cuanto a avales
formalizados, hasta el 31 de diciembre de 2021”.
Dos. El artículo 4 queda redactado del siguiente modo:
“Artículo 4. Modalidades de las ayudas.
Se establecen dos modalidades de las ayudas:
A) Ayudas de la Línea de Microcréditos Circulante COVID-19.
Para todas aquellas operaciones formalizadas antes del 31 de diciembre de 2021 en
la línea de línea de Microcréditos Circulante COVID-19, con cargo al Fondo de cartera
Jeremie Extremadura 2, se subvencionarán las comisiones de apertura y los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2022.
B) Ayudas de la Línea de Avales Extraval COVID-19
Para todas aquellas operaciones de avales y préstamos formalizados hasta un importe máximo de 150.000 euros antes del 31 de diciembre de 2021, se subvencionarán
los siguientes conceptos:
— 0,25 por ciento en concepto de comisión de estudio del aval.
— 1,25 por ciento anual en concepto de comisión sobre el riesgo vivo del aval hasta
el 31 diciembre de 2022.
Miércoles 16 de junio de 2021
30017
CAPITULO III
Modificación del Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo.
Artículo 41. Modificación del Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en
materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico
y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19.
Se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado 3 del artículo 1 que queda redactado de la siguiente forma:
“3. El importe de la ayuda, 3 millones de euros, se irá abonando de manera anticipada
y parcialmente conforme se vayan cumpliendo una serie de hitos en cuanto a avales
formalizados, hasta el 31 de diciembre de 2021”.
Dos. El artículo 4 queda redactado del siguiente modo:
“Artículo 4. Modalidades de las ayudas.
Se establecen dos modalidades de las ayudas:
A) Ayudas de la Línea de Microcréditos Circulante COVID-19.
Para todas aquellas operaciones formalizadas antes del 31 de diciembre de 2021 en
la línea de línea de Microcréditos Circulante COVID-19, con cargo al Fondo de cartera
Jeremie Extremadura 2, se subvencionarán las comisiones de apertura y los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2022.
B) Ayudas de la Línea de Avales Extraval COVID-19
Para todas aquellas operaciones de avales y préstamos formalizados hasta un importe máximo de 150.000 euros antes del 31 de diciembre de 2021, se subvencionarán
los siguientes conceptos:
— 0,25 por ciento en concepto de comisión de estudio del aval.
— 1,25 por ciento anual en concepto de comisión sobre el riesgo vivo del aval hasta
el 31 diciembre de 2022.