Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Empresarial. Cámaras Oficiales De Comercio E Industria. (2021DE0006)
Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables; se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del Covid-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura.
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NÚMERO 114
Miércoles 16 de junio de 2021

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directas a autónomos y empresas creada en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12
de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a
la pandemia de la COVID-19.
2. E
 l capítulo II de este Decreto-ley establece las bases reguladoras de las ayudas a la realización de actividades de ocio y tiempo libre y de educación no formal, en periodos no lectivos,
dirigidas a niñas y niños de 2 a 5 años, en centros de titularidad pública, por parte de los
Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura de menos de 20.000 habitantes,
como medida de fomento de la conciliación de la vida personal familiar y laboral en el
mundo rural, para responder al impacto del COVID-19, en el marco del desarrollo del Plan
Corresponsables: Proyecto Ludotecas Rurales de Extremadura.
3. A
 simismo, el presente Decreto-ley tiene por objeto modificar el Decreto-ley 9/2020, de 8
de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías
de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan
medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio
histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19.
4. P
 or medio del capítulo IV, es objeto de modificación la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de
Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
CAPITULO I
Línea de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por el
Gobierno de España
Artículo 2. Beneficiarios.
1. P
 odrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este capítulo las empresas,
cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo Comunidades de Bienes y entidades sin
personalidad jurídica, autónomos y profesionales con centro productivo en la Comunidad
Autónoma de Extremadura que tengan domicilio fiscal en territorio español, que hayan
realizado durante 2019 y 2020 al menos una de las actividades previstas en los Códigos
CNAE definidos en el Anexo y continúen en su ejercicio en el momento de la solicitud, en
el caso de que se hayan visto afectados en su actividad económica en la forma establecida
en el artículo 3 del presente Decreto-ley.
2. T
 ambién podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades no residentes no financieras que operen en España a través de establecimiento permanente, en los casos
indicados en el apartado anterior.