Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Empresarial. Cámaras Oficiales De Comercio E Industria. (2021DE0006)
Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables; se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del Covid-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura.
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NÚMERO 114
Miércoles 16 de junio de 2021

29981

De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de trabajo constituido por Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del EstadoComunidad Autónoma de Extremadura el 21 de mayo de 2018 para el estudio y propuesta
de solución de la discrepancia manifestada en relación con la Ley 3/2018, de 21 de febrero,
de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concreto con la redacción del apartado 1 del artículo 15 de dicha norma, el
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura adoptó el compromiso de promover
la modificación legislativa de la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los términos
reflejados en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura de 6 de noviembre de 2018 publicado en el
DOE núm. 245, de 19 de diciembre de 2018.
El contenido del Acuerdo se adoptó para evitar la interposición de un recurso de inconstitucionalidad por parte del Estado que entendía que la supresión de las vocalías en representación
de empresas y personas de reconocido prestigio en la vida económica de Extremadura dentro
de la circunscripción de cada Cámara, a propuesta de las organizaciones empresariales intersectoriales y territoriales más representativas, vulneraba la normativa básica en la materia en
concreto el artículo 10.2.b) de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales
de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
El compromiso que se adquirió por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura
fue el de incorporar al Pleno de la Cámara como grupo c), representantes de empresas y
personas de reconocido prestigio en la vida económica de Extremadura dentro de la circunscripción de cada Cámara, a propuesta de las organizaciones empresariales intersectoriales y
territoriales más representativas.
Por lo tanto, publicado el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación a finales del año
2018, había de acometerse la reforma legal a lo largo del año 2019. Sin embargo, dado que
durante el mismo finalizaba la legislatura a nivel autonómico, iniciada en 2015, ello podría
haber llevado consigo que hubiese decaído la iniciativa legislativa que pudiese haberse puesto
en marcha, lo que pospuso el inicio de la tramitación de la modificación normativa.
Durante el año 2020, como consecuencia de la situación de pandemia mundial causada por
la COVID-19, la atención de las diversas administraciones públicas se centró en otro tipo de
actuaciones: desde la salvaguarda de la salud hasta la adopción de medidas de tipo normativo y de gestión dirigidas a paliar la difícil situación de empresas, pymes y autónomos en
todo tipo de sectores económicos, con especial significación del sector comercial. Este tipo de
cuestiones tuvo especial significación en el ámbito de actuación de la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, a la que corresponden las competencias en materia de relaciones