Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061753)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para cebadero de terneros promovido por Agroganadera de Retamosa, SL, en el término municipal de Albalá.
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NÚMERO 113
Martes, 15 de junio de 2021

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la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural los hechos, en los
términos fijados por el artículo 54 de la Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.


4.6. Medidas indicadas por la Confederación Hidrográfica del Tajo:



— El agua para el abastecimiento se pretende captar directamente del dominio público
hidráulico (pozo de sondeo). El promotor deberá remitir a la Comisaría de Aguas la
pertinente solicitud de inscripción del aprovechamiento en el Registro de Aguas. Por
lo tanto, es obligatorio que dicha captación cuente con la debida concesión de aguas
subterráneas para abastecimiento de la explotación por parte de Confederación Hidrográfica del Tajo.



— Cualquier actuación que se realice en la zona de policía de cualquier cauce público,
definida por 100 m de anchura medidos horizontalmente y a partir del cauce, deberá
contar con la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo.



— Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y
productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier
otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que cuente con la previa autorización administrativa de la Confederación Hidrográfica del Tajo.



4.7. Programa de vigilancia ambiental:



— El promotor deberá disponer de un programa de vigilancia ambiental que deberá
contener, al menos, un informe anual sobre el seguimiento de las medidas incluidas
en el informe de impacto ambiental.



— Sobre la base del resultado de estos informes se podrán exigir medidas correctoras
suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas, así como otros
aspectos relacionados con el seguimiento ambiental no recogidos inicialmente.



4.8. Condiciones complementarias:



— Deberán cumplirse todas las medidas protectoras y correctoras descritas en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del
presente informe.



— Se informará del contenido de esta autorización a los operarios que realicen las actividades, así mismo, se dispondrá de una copia del presente informe.