Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021061721)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para el personal que presta servicios en Cruz Roja Española de Cáceres.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 112

29391

Lunes, 14 de junio de 2021

La Comisión Paritaria asumirá las competencias antes descritas y las que en un futuro pudieran crearse. Se establece la posibilidad de organización en subcomisiones de seguimiento.
CAPITULO II
“ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO”
Artículo 7. Organización del trabajo.
La organización del trabajo es facultad y responsabilidad, con arreglo a lo previsto en este
Convenio y en la legislación vigente, a la Presidencia del Comité Provincial de Cruz Roja Española en Cáceres que se ejercerá a través de/l/la secretario/a provincial y sus órganos de
Dirección, sin perjuicio de los derechos y facultades de audiencia, consulta, información y
negociación reconocidos a los representantes de los trabajadores.
El objetivo de la organización del trabajo es alcanzar un nivel adecuado de eficacia de los
servicios, basado en la óptima utilización de los recursos humanos y materiales adscritos a
los mismos, sin perjuicio de fomentar la participación de la representación legal de los trabajadores en la determinación de las condiciones de trabajo de los mismos y de acuerdo con
los valores, principios y normas de la Institución y el Plan Estratégico de Cruz Roja Española.
Serán criterios de la organización del trabajo:
a) La planificación y ordenación de los recursos humanos.
b) Adecuación de plantillas.
c) Racionalización y mejora de los procesos y métodos de trabajo.
d) La identificación y Valoración de los puestos de trabajo.
e) Profesionalización y promoción de los/as trabajadores/as.
f) Fomento de la participación de los/as trabajadores/as.
g) la adecuada y eficaz adscripción profesional de los/as trabajadores/as.
h) La conciliación de la vida laboral y familiar o personal.
i) La igualdad entre hombres y mujeres.
j) Los derechos de los/as trabajadores/as recogidos en la legislación vigente.
k) El respeto de los principios fundamentales de Cruz Roja Española.