Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021061721)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para el personal que presta servicios en Cruz Roja Española de Cáceres.
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NÚMERO 112
Lunes, 14 de junio de 2021

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7.5. Ortopedia y prótesis.
Se incluirá en este apartado cualquier prótesis ortopédica no incluida en los apartados
anteriores como plantillas, zapatos ortopédicos etc.
Se abonará el 50% del importe de la factura, hasta un máximo de 500€
7.6. Gastos derivados de la intolerancia.
Intolerancia alimentaria al gluten, lactosa y similares: se abonará hasta un máximo de
300 € al año.
En igual cantidad será tenida en cuenta para las personas que padezcan de diabetes o
enfermedades similares que necesiten de una alimentación especial.
En todos los casos será necesario Certificado médico acreditándole.
7.7. Otras ayudas.


7.7.1. Ayuda de abono de la matrícula Universitaria, Máster, Doctorado y otros estudios
de posgrado se contempla una ayuda única de 500€ al año. Cuando la matrícula se haya concedido en años anteriores, para continuar con la percepción, el
alumno/a deberá acreditar haber aprobado el 100% de las asignaturas para las
que se matriculó. Se aportará el certificado de calificaciones correspondiente al
curso anterior.



7.7.2. P
 ara los ciclos de Infantil, Primaria, ESO. P.P, Certificados Profesionales, se establecerá para esto niveles una ayuda para el abono del material didáctico del
25% de su importe, para lo que será necesario la presentación de factura hasta
un tope máximo de 200 €



7.7.3. Gastos derivados de la vacunación recomendada pero no cubierta por el servicio
público d salud y/o alergias. Se abonará hasta un máximo de 150 €



7.7.4. Gastos de guardería, centros de día, comedores escolares y cualquier otro gasto de esta naturaleza no contemplada, sirviendo esta lista a título meramente
orientativa. Se abonará el 50% de dichos servicios hasta un máximo de 500€

8. Documentación acreditativa.
La Comisión de Valoración del Fondo de Acción Social podrá solicitar al trabajador cuantos documentos considere oportunos que acrediten la situación de necesidad para la que se solicita
la ayuda y el importe de la misma.