Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021061687)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del "IV Convenio Colectivo de la empresa Asoma Asistenciales, SL, para su centro de trabajo de Garrovillas de Alconétar (Cáceres)".
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021
29146
6. A
lterar sin autorización los horarios de los servicios de ayuda a domicilio contemplados en los partes de trabajo.
7. E
l uso de teléfono móvil personal para asuntos privados en su jornada laboral, excepto casos de urgencia.
8. N
o llevar visible la tarjeta identificativa, o no llevar el uniforme reglamentario completo, durante su jornada de trabajo.
b) Faltas graves:
1. E
l retraso y negligencia en el cumplimiento de sus funciones, así como la indebida
utilización de los locales, medios, materiales o documentos de la empresa, de manifiesta gravedad.
2. L
a falta de asistencia al puesto de trabajo de uno a tres días sin causa justificada, en
un periodo de treinta días, no comunicar la ausencia al mismo y no entregar el parte
de baja oficial dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su emisión, salvo que
se pruebe la imposibilidad de haberlo hecho.
3. L
as faltas repetidas de puntualidad, no superiores a 10 minutos, al inicio de la jornada, sin causa justificada durante más de cinco días y menos de diez en un periodo
de treinta días.
4. El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
5. E
l incumplimiento o abandono de las normas y medidas establecidas de seguridad
y salud en el trabajo, excepto cuando del mismo puedan derivarse riesgos para la
salud y la integridad física en cuyo caso será tipificada como falta muy grave.
6. E
l empleo de tiempo, uniformes, materiales o medios de la empresa en cuestiones
ajenas o en beneficio propio.
7. A
ceptar, sin autorización por escrito de la empresa, la custodia de la llave del hogar
del usuario del servicio de ayuda a domicilio.
8. Fumar o consumir alcohol durante la prestación del servicio.
9. L
a falta de respeto debido a los usuarios, compañeros de trabajo de cualquier categoría, así como a los familiares y acompañantes de cualquiera de ellos y las de abuso
de autoridad, o a cualquier otra persona que se relaciona con la empresa.
Viernes, 11 de junio de 2021
29146
6. A
lterar sin autorización los horarios de los servicios de ayuda a domicilio contemplados en los partes de trabajo.
7. E
l uso de teléfono móvil personal para asuntos privados en su jornada laboral, excepto casos de urgencia.
8. N
o llevar visible la tarjeta identificativa, o no llevar el uniforme reglamentario completo, durante su jornada de trabajo.
b) Faltas graves:
1. E
l retraso y negligencia en el cumplimiento de sus funciones, así como la indebida
utilización de los locales, medios, materiales o documentos de la empresa, de manifiesta gravedad.
2. L
a falta de asistencia al puesto de trabajo de uno a tres días sin causa justificada, en
un periodo de treinta días, no comunicar la ausencia al mismo y no entregar el parte
de baja oficial dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su emisión, salvo que
se pruebe la imposibilidad de haberlo hecho.
3. L
as faltas repetidas de puntualidad, no superiores a 10 minutos, al inicio de la jornada, sin causa justificada durante más de cinco días y menos de diez en un periodo
de treinta días.
4. El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
5. E
l incumplimiento o abandono de las normas y medidas establecidas de seguridad
y salud en el trabajo, excepto cuando del mismo puedan derivarse riesgos para la
salud y la integridad física en cuyo caso será tipificada como falta muy grave.
6. E
l empleo de tiempo, uniformes, materiales o medios de la empresa en cuestiones
ajenas o en beneficio propio.
7. A
ceptar, sin autorización por escrito de la empresa, la custodia de la llave del hogar
del usuario del servicio de ayuda a domicilio.
8. Fumar o consumir alcohol durante la prestación del servicio.
9. L
a falta de respeto debido a los usuarios, compañeros de trabajo de cualquier categoría, así como a los familiares y acompañantes de cualquiera de ellos y las de abuso
de autoridad, o a cualquier otra persona que se relaciona con la empresa.