Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021061686)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del "Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa UTE Trujillo, para los servicios públicos de recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de los residuos y limpieza viaria de la ciudad de Trujillo". Código de Convenio 10100292012016.
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021

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norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en
cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
j) Desde el 01/01/2021 las personas trabajadoras tendrán el tiempo indispensable para
asistencia al médico de atención primaria y/o especialista del sistema público de salud.
Deberá justificar previamente la cita médica y, con posterioridad, la hora de salida de
la consulta. En el caso de que exista necesidad de realizar desplazamiento fuera de la
localidad de Trujillo se estimará como tiempo de desplazamiento una hora de ida y otra
de vuelta.
k) Desde el 01/01/2021 todas las personas trabajadoras dispondrán de dos días para
acompañar al cónyuge, pareja de hecho (siempre que se acredite fehacientemente esta
circunstancia), hijos menores de edad o persona dependiente a cargo a consulta médica
de la seguridad social, previa justificación de la citación a consulta.
Será de aplicación el acompañamiento al cónyuge o pareja de hecho del trabajador, cuando
se trate de personas que presenten una necesidad real de acompañamiento en base a razones de edad, accidente o enfermedad que hagan que no puedan valerse por sí mismos y, en
consecuencia, estén imposibilitados para acudir solos a la consulta médica.
Deberá acreditar la situación de necesidad de acompañamiento, ya sea antes o después del
mismo, mediante certificación o documento oficial facultativo que acredite que el estado o
circunstancia del familiar impide que pueda acudir a la consulta sin acompañamiento por las
razones indicadas.
La empresa dará 5 días con carácter abonable para asuntos propios a todo el personal que
así lo soliciten, todo ello siempre que lo hagan con una semana de antelación y por escrito, y
siempre que las necesidades del servicio lo permitan. Estos días tendrán la consideración de
jornada efectiva de trabajo a los efectos de determinar el cómputo anual. El número de días
que correspondan se calculará en proporción a la duración del contrato.
La celebración de la festividad de San Martín de Porres ha sido sustituida por un día de los
cinco de asuntos propios, por lo que no procede descanso en esta fiesta.
CAPITULO III
CONDICIONES RETRIBUTIVAS
Artículo 11. Incrementos salariales.
Se pacta para los años de vigencia del convenio, y según tablas salariales del Anexo I. Los
siguientes incrementos salariales: