Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021061686)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del "Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa UTE Trujillo, para los servicios públicos de recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de los residuos y limpieza viaria de la ciudad de Trujillo". Código de Convenio 10100292012016.
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021

29117

Artículo 10. Licencias.
El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración del salario total, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
a) Q
 uince días en caso de matrimonio o inscripción como pareja de hecho, que se podrán
disfrutar unidos a las vacaciones anuales. Se limita el disfrute de esta licencia a una
causa (pareja de hecho o matrimonio) siempre que exista identidad en los sujetos, es
decir si se ha disfrutado de quince días por inscribirse como pareja de hecho, no se podrá
disfrutar de otros quince días en caso de contraer matrimonio (con la misma persona).
b) Cinco días por fallecimiento del cónyuge y familiares de primer grado por consanguinidad. Dos días en caso de fallecimiento de familiares de segundo grado de consanguinidad y afinidad. Dicha licencia se incrementará en tres días más en el caso de que el
trabajador/a deba desplazarse a localidad distinta al efecto.
c) Dos días por fallecimiento de familiares de primer grado de afinidad, consanguinidad y
hermanos/as políticos. Cuando el trabajador/a necesite realizar un desplazamiento al
efecto, el plazo será de 4 días.
d) Dos días por enfermedad grave del cónyuge, hermanos/as y familiares de primer grado de consanguinidad y afinidad. Este permiso se incrementará en tres días más si el
trabajador/a debe desplazarse a distinta localidad al efecto.
e) D
 os días por enfermedad grave de parientes de segundo grado de consanguinidad o
afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador/a necesite hacer un desplazamiento al
efecto, el plazo será de cuatro días.
f) Dos días por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise
reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Cuando con tal motivo el trabajador/a necesite hacer un desplazamiento al efecto, el
plazo será de cuatro días.
g) Respecto a los permisos derivados de nacimiento de hijo/a y lactancia se estará a lo
establecido legalmente.
h) U
 n día por matrimonio de familiares de primer grado de consanguinidad si el matrimonio se produce en la misma localidad. Si se produce en localidad distinta se concederán
cuatro días.
i) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter
público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una