Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021061686)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del "Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa UTE Trujillo, para los servicios públicos de recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de los residuos y limpieza viaria de la ciudad de Trujillo". Código de Convenio 10100292012016.
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021

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Los trabajadores/as que libren el sábado por cuadrante recuperarán las horas en las semanas
inmediatamente anteriores (lunes a viernes).
Para las nuevas contrataciones la jornada de trabajo será de 36 horas semanales de promedio, de lunes a domingo, siendo la jornada continuada. La jornada anual se establece en 1638
horas de trabajo efectivo.
El horario se establecerá anualmente en el calendario laboral para los distintos colectivos.
El tiempo de trabajo se computará de modo que, tanto al entrar como al salir del centro de
trabajo, la persona trabajadora se encuentre uniformada y en disposición de realizar su labor.
El personal dispondrá diariamente de 20 minutos para el bocadillo. Estos 20 minutos serán
considerados como de trabajo efectivo.
La organización del trabajo, con arreglo a lo establecido en la legislación vigente, es facultad
y responsabilidad de la dirección de la empresa.
En cuanto a la jornada de trabajo del turno de tarde y de noche será rotativa. La rotación del
turno de tarde será semanal y la del turno de noche mensual.
Artículo 9. Vacaciones.
Para todo el personal acogido al presente Convenio, las vacaciones serán de 30 días naturales,
debiendo comenzar siempre en día laborable. Durante el mes de octubre del año anterior se
elaborará un calendario vacacional consensuado entre los representantes de los trabajadores/
as y la empresa, garantizando un mínimo de personal por grupo profesional y servicio. Se
disfrutarán por años naturales y no son sustituibles por compensación económica, las cuales
serán distribuidas linealmente a lo largo del año, en un mes continuado comprendido entre
mayo y octubre o en dos periodos de 15 días ininterrumpidos, de forma que 15 días los disfrutarán en el periodo comprendido entre el 1 de mayo y al 31 de octubre, podrán irse en el
mismo turno de vacaciones al menos dos (2) peones y un (1) conductor/a.
No obstante, los trabajadores/as de la misma función profesional y turno de trabajo, previa
comunicación y posterior autorización de la empresa, podrán efectuar entre sí los cambios
que crean convenientes.
Las retribuciones a percibir en el periodo de vacaciones serán: salario base, más plus tóxico,
más plus asistencia, más antigüedad.