Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2021061756)
Resolución de 3 de junio de 2021, de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, por la que resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones convocadas al amparo de la Resolución de 4 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021

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rencia a la cuantía individualiza máxima a conceder para la financiación de un programa, que
será del 2,70 % de los créditos disponibles en la convocatoria. Asimismo, la cuantía máxima
de subvención a conceder a una misma entidad será del 6 % de los créditos disponibles en
la convocatoria.
Asimismo, se ha procedido al prorrateo del crédito disponible entre las solicitudes de programas de interés general que han obtenido una misma puntuación (56,5 puntos) con el límite
de la cuantía solicitada para la financiación del programa (2,70%) y la cuantía individualizada
máxima (6%) referida en el párrafo anterior, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 5
del citado artículo 12 del Decreto 188/2018, de 13 de noviembre, tal y como queda reflejado
en el informe emitido por la Comisión de Valoración.
Octavo. Conforme a lo dispuesto en la Resolución de 11 de junio de 2019, de la Vicepresidenta y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del
Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 21 de mayo de 2019, por el
que se da aplicación a la previsión del artículo 148.2 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Pública de Extremadura, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de fiscalización limitada previa (DOE núm. 114, de 14 de junio de 2019), la Intervención
Delegada en la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, con fecha de 3 de junio de 2021,
ha emitido el correspondiente informe de fiscalización limitada previa en sentido favorable.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde a la Secretaría General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, como órgano resolutorio de estas subvenciones conforme al apartado séptimo punto 2 de la Resolución de 4 de noviembre de 2020
(DOE núm. 223, de 18 de noviembre de 2020) y de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No obstante,
dicha competencia se encuentra delegada en la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias por Resolución 29 de marzo de 2021 (DOE núm. 63, de 6 de abril de 2021).
Segundo. El régimen jurídico aplicable al procedimiento de concesión de subvenciones para
la financiación de programas de interés general será el establecido en el Decreto 188/2018,
de 13 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para
la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura
con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas (DOE núm. 224, de 19 de noviembre de 2018), su Resolución de 4 de noviembre de
2020, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de
programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la
asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (DOE núm.