Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2021050094)
Orden de 7 de junio de 2021 por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, para el curso escolar 2021/2022.
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021



Familias de 1 miembro:......................................................... 8.603 euros.



Familias de 2 miembros:...................................................... 14.013 euros.



Familias de 3 miembros:...................................................... 18.403 euros.



Familias de 4 miembros:...................................................... 21.828 euros.



Familias de 5 miembros:...................................................... 24.772 euros.



Familias de 6 miembros:...................................................... 27.614 euros.



Familias de 7 miembros:...................................................... 30.298 euros.



Familias de 8 miembros:...................................................... 32.970 euros.

28977

A partir del octavo miembro, se añadirán 2.647,00 euros por cada nuevo miembro computable.
2. L
 os centros educativos, una vez cubiertas las necesidades del alumnado becario, siempre
que existan libros y/o material escolar y didáctico sobrantes, podrán distribuirlos entre el
resto del alumnado que haya formulado solicitud, sin que esta circunstancia le otorgue
derecho a tener la condición de becario en posteriores convocatorias. En este caso, el
préstamo se adjudicará por orden inverso a la magnitud de la renta familiar de las familias
solicitantes.
Artículo 5. Características de los fondos.
1. L
 os fondos públicos que reciban los centros educativos serán gestionados por los Consejos
Escolares y se destinarán exclusivamente a la adquisición de libros de texto y/o material
escolar y didáctico.
2. E
 l alumnado dispondrá de forma gratuita, en concepto de préstamo, de los libros de texto
seleccionados por el centro para los estudios que esté cursando.
3. E
 l material podrá ser utilizado, según proceda, por el alumnado de forma conjunta, compartida o individual.
4. E
 l alumnado matriculado en aquellos centros acogidos al proyecto de “Enseñanza Digital
con eScholarium” no podrá, en ningún caso, recibir libros de texto en formato digital y libros de texto en formato papel para la misma asignatura.
5. L
 os libros de texto y el material no fungible, puestos a disposición del alumnado serán
propiedad de los centros educativos, y se devolverán al centro en caso de traslado o al
finalizar el curso escolar.