Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2021050094)
Orden de 7 de junio de 2021 por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, para el curso escolar 2021/2022.
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021

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2. A los efectos de la presente orden:
a) Se entenderán como libros de texto los materiales impresos de carácter duradero, autosuficiente y no fungible, destinados a ser utilizados por el alumnado, y que desarrollan los contenidos establecidos en la normativa vigente. Se considerarán, no obstante,
como tales los materiales correspondientes al primer ciclo de Educación Primaria, aun
cuando no sean materiales reutilizables en años sucesivos. No se considerarán, sin
embargo, libros de texto aquellos materiales asociados a los libros de texto que por su
naturaleza no puedan ser reutilizados por los alumnos.
b) Se incluirá en la modalidad de ayudas para material escolar:


— Material escolar fungible.



— Material escolar no fungible de uso colectivo destinado a la utilización exclusiva del
alumnado.

Artículo 3. Destinatarios.
1. S
 erán destinatarios del libramiento de los fondos para la dotación de libros de texto, los
centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de
Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial.
2. S
 erán destinatarios del libramiento de los fondos para la dotación de material escolar y
didáctico, los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan
enseñanzas Segundo Ciclo de Educación Infantil.
En ambos casos, siempre que cumplan lo establecido en el artículo 91 del Decreto 92/2008,
de 9 de mayo, por el que se establecen medidas de apoyo socioeducativo a las familias
extremeñas.
Artículo 4. Gestión y distribución.
1. P
 ara la determinación del alumnado usuario de libros de texto y material escolar y didáctico, los Consejos Escolares de los centros solicitantes utilizarán los siguientes criterios:
— Pertenecer a Familia Numerosa, legalmente reconocida.
— Pertenecer a familias cuya renta familiar no supere los umbrales de rentas computables
máximos que se especifican a continuación. Para ello, se tendrá en cuenta la renta familiar correspondiente al año 2019: