Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Ganadería. Ayudas. (2021061659)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a la mejora en bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de las especies bovina y/o caprina de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2021.
51 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 110
Jueves, 10 de junio de 2021
28759
2. L
a cuantía de la ayuda será del 50 % de la inversión aprobada. Los valores mínimo y máximo de la ayuda por explotación serán, respectivamente, de 3.000 € y de 30.000 €.
Si la inversión total realizada por el solicitante no alcanza un valor tal que garantice el valor
mínimo de la ayuda, la solicitud se entenderá desestimada.
3. En el caso de concurrencia de la misma explotación ganadera en varias convocatorias de la
ayuda, el gasto máximo de la ayuda en el total de convocatorias no excederá de los 30.000
€ por explotación.
Octavo. Procedimiento de concesión.
1. Se establece la concesión de la ayuda por concurrencia competitiva y convocatoria periódica.
2. Tendrá la consideración de concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la
concesión de la ayuda se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas,
a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo a los criterios de valoración
establecidos en el punto quinto de la presente resolución, y conforme a los principios de
publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, y adjudicar, con el
límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido
mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
3. N
o obstante, lo anterior no se fijará un orden de prelación en el caso de que el crédito
consignado en la convocatoria sea suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez
terminado el plazo de presentación de las mismas, sin prejuicio de la baremación necesaria
al objeto del cumplimiento de lo establecido en el punto 3 del apartado 6 de la Orden de 9
de octubre de 2020.
Noveno. Presentación de solicitudes y plazo.
1. La solicitud se hará mediante modelo normalizado establecido en el anexo I de la presente
Resolución, que obligatoriamente debe cumplimentarse a través del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura
http://www.juntaex.es/con03/plataformas-arado-y-laboreo (aplicación informática ARADO), no admitiéndose solicitudes no cumplimentadas en la aplicación informática indicada.
2. Se establece un periodo de treinta días hábiles como plazo de presentación de las solicitudes, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución.
3. L
a Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, a través de sus Oficinas Comarcales Agrarias, proporcionara a las personas
o entidades interesadas tanto las claves personalizadas de acceso al sistema informático
Jueves, 10 de junio de 2021
28759
2. L
a cuantía de la ayuda será del 50 % de la inversión aprobada. Los valores mínimo y máximo de la ayuda por explotación serán, respectivamente, de 3.000 € y de 30.000 €.
Si la inversión total realizada por el solicitante no alcanza un valor tal que garantice el valor
mínimo de la ayuda, la solicitud se entenderá desestimada.
3. En el caso de concurrencia de la misma explotación ganadera en varias convocatorias de la
ayuda, el gasto máximo de la ayuda en el total de convocatorias no excederá de los 30.000
€ por explotación.
Octavo. Procedimiento de concesión.
1. Se establece la concesión de la ayuda por concurrencia competitiva y convocatoria periódica.
2. Tendrá la consideración de concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la
concesión de la ayuda se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas,
a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo a los criterios de valoración
establecidos en el punto quinto de la presente resolución, y conforme a los principios de
publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, y adjudicar, con el
límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido
mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
3. N
o obstante, lo anterior no se fijará un orden de prelación en el caso de que el crédito
consignado en la convocatoria sea suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez
terminado el plazo de presentación de las mismas, sin prejuicio de la baremación necesaria
al objeto del cumplimiento de lo establecido en el punto 3 del apartado 6 de la Orden de 9
de octubre de 2020.
Noveno. Presentación de solicitudes y plazo.
1. La solicitud se hará mediante modelo normalizado establecido en el anexo I de la presente
Resolución, que obligatoriamente debe cumplimentarse a través del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura
http://www.juntaex.es/con03/plataformas-arado-y-laboreo (aplicación informática ARADO), no admitiéndose solicitudes no cumplimentadas en la aplicación informática indicada.
2. Se establece un periodo de treinta días hábiles como plazo de presentación de las solicitudes, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución.
3. L
a Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, a través de sus Oficinas Comarcales Agrarias, proporcionara a las personas
o entidades interesadas tanto las claves personalizadas de acceso al sistema informático