Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Ganadería. Ayudas. (2021061659)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a la mejora en bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de las especies bovina y/o caprina de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2021.
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NÚMERO 110
Jueves, 10 de junio de 2021
28758
4. Las inversiones serán de carácter integral para toda la explotación, debiendo aportar un
programa de bioseguridad de la misma conforme al modelo normalizado establecido en el
anexo III de esta resolución.
5. No serán subvencionables las siguientes inversiones:
a) Inversiones abonadas en metálico.
b) Aquellas que el gasto elegible total de todas las inversiones no alcancen los 6.000 euros.
c) Compraventas entre miembros de una sociedad conyugal, excepto en el supuesto de
que el régimen económico matrimonial sea de separación de bienes.
d) Para el caso de las inversiones establecidas en el apartado 2.a), las que se realicen con
anterioridad a la formalización de la solicitud; para el caso de las establecidas en apartado 2.b), las que se realicen con anterioridad al acta de no inicio referida en el artículo
20 de la Orden de 9 de octubre de 2020.
e) A
dquisiciones de ganado.
f) Adquisiciones de tierras.
g) Inversiones relacionadas al riego.
h) I nversiones realizadas en un terreno que no formen parte de la base territorial de la
explotación ganadera conforme a la definición del artículo 2 de la Orden de 9 de octubre
de 2020.
i) El impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y otros impuestos.
j) Adquisición de equipamiento, maquinaria e instalaciones de segunda mano.
k) Sustituciones de cerramientos por otros de las mismas características al sustituido, de
manera que se trate una simple sustitución por elementos más nuevos o modernos.
l) Gastos generados para la tramitación y expedición de autorizaciones y licencias necesarias para la realización de las inversiones proyectadas.
Séptimo. Tipo y cuantías de la ayuda.
1. La ayuda a las mejoras en bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de la
especie bovina y / o caprina de la Comunidad Autónoma de Extremadura tendrá la forma
de subvención de capital.
Jueves, 10 de junio de 2021
28758
4. Las inversiones serán de carácter integral para toda la explotación, debiendo aportar un
programa de bioseguridad de la misma conforme al modelo normalizado establecido en el
anexo III de esta resolución.
5. No serán subvencionables las siguientes inversiones:
a) Inversiones abonadas en metálico.
b) Aquellas que el gasto elegible total de todas las inversiones no alcancen los 6.000 euros.
c) Compraventas entre miembros de una sociedad conyugal, excepto en el supuesto de
que el régimen económico matrimonial sea de separación de bienes.
d) Para el caso de las inversiones establecidas en el apartado 2.a), las que se realicen con
anterioridad a la formalización de la solicitud; para el caso de las establecidas en apartado 2.b), las que se realicen con anterioridad al acta de no inicio referida en el artículo
20 de la Orden de 9 de octubre de 2020.
e) A
dquisiciones de ganado.
f) Adquisiciones de tierras.
g) Inversiones relacionadas al riego.
h) I nversiones realizadas en un terreno que no formen parte de la base territorial de la
explotación ganadera conforme a la definición del artículo 2 de la Orden de 9 de octubre
de 2020.
i) El impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y otros impuestos.
j) Adquisición de equipamiento, maquinaria e instalaciones de segunda mano.
k) Sustituciones de cerramientos por otros de las mismas características al sustituido, de
manera que se trate una simple sustitución por elementos más nuevos o modernos.
l) Gastos generados para la tramitación y expedición de autorizaciones y licencias necesarias para la realización de las inversiones proyectadas.
Séptimo. Tipo y cuantías de la ayuda.
1. La ayuda a las mejoras en bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de la
especie bovina y / o caprina de la Comunidad Autónoma de Extremadura tendrá la forma
de subvención de capital.