Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Ganadería. Ayudas. (2021061733)
Extracto de la Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a la mejora en bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de las especies bovina y/o caprina de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del PDR 2014-2020 (Submedida 4.1.5), para el año 2021
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NÚMERO 110
Jueves, 10 de junio de 2021

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la explotación ganadera con el fin de posibilitar la coexistencia entre animales de explotaciones ganaderas extensivas y la fauna silvestre, especialmente las especies cinegéticas de caza
mayor en el ecosistema de dehesa.
Segundo. Beneficiarios.
1. Podrán acceder a este régimen de ayudas las personas o entidades titulares de explotaciones ganaderas, conforme la definición del artículo 2 de la Orden de 9 octubre de 2020,
que se comprometan a ejercer la actividad ganadera durante un periodo mínimo de cinco
años desde la certificación de realización de inversiones, así como al cumplimiento de los
compromisos y obligaciones que establece la presente Resolución. En los supuestos de
cambio de titularidad de las explotaciones ganaderas, siempre que haya sido resuelto con
anterioridad a la convocatoria de la ayuda, se conservará el historial sanitario de la explotación ganadera hasta un máximo de 36 meses inmediatamente anteriores al día siguiente
al de publicación de la resolución de la presente convocatoria.
2. No podrán alcanzar la condición de persona beneficiaria de esta ayuda:
a) El sector público como titular único de una explotación ganadera o cuando participe en
una explotación ganadera en más de un 50 %.
b) Las entidades sin ánimo de lucro titulares de explotaciones ganaderas, cualquiera que
sea la forma que adopten y las participadas mayoritariamente por estas.
c) Personas o entidades beneficiarias que hubieran incluido en revocación o renuncia en
una convocatoria anterior en los términos establecidos en Orden de 9 de octubre de
2020.
Tercero. Bases reguladoras.
Las subvenciones se establecen por Orden de 9 de octubre de 2020, por el que se establece
las bases reguladores del régimen de ayudas a la mejora en bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de las especies bovina y / o caprina de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE n.º 201, de 16 de octubre de 2020), en desarrollo del artículo 17, punto
1 letra a) del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 y el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura FEADER 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Los gastos de la ayuda regulada en la orden de 9 de octubre de 2020 están cofinanciados por
el Fondo Europeo Agrícola al Desarrollo Rural (FEADER) en un 75 %, el resto por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por la Junta de Extremadura, por un importe de