Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Dehesas. Subvenciones. (2020061929)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 107
Lunes, 7 de junio de 2021

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en el título IV, capítulo III del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 809/2014 de la Comisión,
de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento
(UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al sistema
integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
En su virtud, si el importe de la solicitud de pago supera el importe pagadero tras el examen de la admisibilidad del gasto en más de un 10%, se aplicará una sanción al importe
pagadero tras el examen de la admisibilidad del gasto. El importe de la sanción será igual
a la diferencia entre el importe de la solicitud de pago y el importe tras el examen de la
admisibilidad del gasto que figura en la solicitud de pago, pero no se sancionará con una
cuantía superior al importe solicitado.
Vigésimo quinto. Cesión del pago a favor de una persona acreedora.
1. U
 na vez firme la resolución estimatoria de la subvención, la entidad beneficiaria podrá
solicitar al órgano concedente, por una sola vez, que el pago de la subvención se realice a
favor de una persona acreedora de aquella por razón del gasto realizado.
2. P
 ara ello, deberá cumplimentar, en la solicitud de certificación y pago incluida en el anexo
IV de esta convocatoria, el apartado correspondiente para la cesión del pago a una persona
acreedora. Dicha solicitud deberá ir firmada, de forma obligatoria, por la persona cedente y
la cesionaria del crédito. Junto con esta solicitud se adjuntará la siguiente documentación:
— Fotocopia del documento acreditativo de la constitución de la entidad.
— Fotocopia del documento comprensivo de las facultades del representante.
— Fotocopia del NIF de la persona jurídica.
— Fotocopia del DNI de la persona representante en caso de haber denegado su consulta.
En el caso de que la cuenta indicada en la solicitud no se encuentre dada de alta en el
Subsistema de Terceros integrado en el sistema ALCÁNTARA:
— Modelo para Alta de Terceros, certificado y sellado por la entidad bancaria correspondiente.
3. El importe del pago efectuado a la persona acreedora coincidirá íntegramente con el contenido de la precedente certificación administrativa, ya sea parcial o total.
4. Dentro de un mismo expediente solo podrá recibir el pago una única persona acreedora.
5. En ningún caso podrá renunciarse a la cesión de crédito solicitada, una vez haya sido notificada de forma fehaciente la resolución estimatoria del pago de la subvención.