Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Dehesas. Subvenciones. (2020061929)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Lunes, 7 de junio de 2021

que se relacionan en el artículo 3 del Decreto 51/2017, irá destinada únicamente a entidades
públicas titulares de explotaciones con terrenos inscritos a su favor en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, o de montes comunales, aunque estos no estén inscritos
en el citado registro, siempre que consten en la correspondiente declaración anual de pastos
comunales, puesto que una convocatoria conjunta para estas entidades y para titulares privados conculcaría el principio de concurrencia en igualdad de condiciones, que deberá seguirse
en la tramitación del procedimiento, según lo ordenado por el artículo 10 del decreto, en concordancia con lo previsto en los artículos 6 y 22 de la Ley de Subvenciones de Extremadura.
Ello es así porque, entre los criterios de selección recogidos en el artículo 11.2, y desarrollados en el anexo IV del decreto por el que se establecen las bases para estas subvenciones, se
contemplan algunos, principalmente los relativos al “tipo de gestión”, que otorgarían ventajas
a las entidades públicas con respecto a los titulares privados de terrenos adehesados, lo que
claramente sería contrario al desarrollo del procedimiento en régimen de concurrencia competitiva, conforme a lo previsto en las normas citadas.
En otro orden de cosas, debe destacarse que en la convocatoria de estas subvenciones, al
igual que en el ejercicio del resto de políticas regionales y de la práctica institucional, se cumple con lo dispuesto en el artículo 7.12 del Estatuto de Autonomía de Extremadura en relación
con el objetivo de lograr la igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar, social, laboral, económica y cultural.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en
la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma
de Extremadura,
RESUELVO
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria periódica para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones reguladas por el Decreto
51/2017, de 18 de abril, (DOE n.º 86, de 8 de mayo), por el que se establece el régimen de
subvenciones destinadas al apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de titularidad
pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Personas beneficiarias y requisitos.
1. P
 odrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria, las entidades
públicas de Extremadura en las que concurran las circunstancias previstas en las bases