Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza No Universitaria. Premios. (2021050087)
Orden de 26 de mayo de 2021 por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria correspondientes al curso 2020-2021.
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NÚMERO 107
Lunes, 7 de junio de 2021

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b) Matemáticas (opción A o B).
c) Primera lengua extranjera.
Los mismos versarán sobre los contenidos curriculares que para cada una de estas tres
materias regula el Decreto 98/2016, de 5 de julio, por el que se establecen la ordenación
y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y la duración de cada uno de ellos, realizados en el orden descrito anteriormente, será de una hora.
3. Cada ejercicio, propuesto y evaluado por el tribunal regulado en el artículo 7, se puntuará
de 1 a 10, con dos decimales, siendo necesario para alcanzar premio haber obtenido en
cada uno de ellos al menos 5 puntos.
4. Los premios se concederán atendiendo a la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres
ejercicios, expresada con dos decimales. En el supuesto de empate el tribunal tendrá en
cuenta, los siguientes criterios de desempate:
1º. M
 ayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
2º. M
 ayor puntuación obtenida en el segundo.
3º. M
 ayor nota media obtenida por el aspirante en la Educación Secundaria Obligatoria.
4º. S
 orteo público equiprobable.
Artículo 6. Celebración de las pruebas.
Las pruebas se celebrarán el día 22 de julio de 2021, en el I.E.S. “Santa Eulalia”, sito en la
Avda. Reina Sofía, s/n, de Mérida. El acto de presentación, al que el alumnado seleccionado
deberá asistir, provisto de su D.N.I., tendrá lugar a las diez horas.
Artículo 7. Tribunal de evaluación.
1. Un tribunal de evaluación, cuyos componentes serán nombrados por la Consejera de Educación y Empleo, organizará y evaluará las pruebas. Estará constituido por un inspector
o inspectora de educación, en calidad de presidente, y por profesorado de Enseñanza Secundaria, especialista de las diversas materias que componen la prueba. Actuará en la secretaría un funcionario o funcionaria de la Consejería de Educación y Empleo, con voz pero
sin voto. El tribunal podrá contar con la colaboración de asesores o asesoras especialistas.