Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza No Universitaria. Premios. (2021050087)
Orden de 26 de mayo de 2021 por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria correspondientes al curso 2020-2021.
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NÚMERO 107
Lunes, 7 de junio de 2021

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2. El tribunal se ajustará, en cuanto a su constitución y funcionamiento, a lo previsto para los
órganos colegiados en los artículos 15 al 18, así como en los artículos 23 y 24, de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. La presidencia del tribunal será responsable del riguroso mantenimiento del anonimato de
los participantes hasta que se hayan obtenido las calificaciones de la prueba.
4. El tribunal elaborará la propuesta de adjudicación de los premios correspondientes a los
candidatos cuyas pruebas hayan evaluado y las publicará el 30 de julio de 2021 en el Portal
Educativo Extremeño Educarex.
5. De acuerdo con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a las personas interesadas para que, en el plazo de diez días, aleguen y presenten los documentos y
justificaciones que estimen pertinentes.
6. El tribunal, atendidas las alegaciones, remitirá antes del 15 de septiembre de 2021 la propuesta definitiva de adjudicación, acompañada de las actas de calificación correspondientes, a la Secretaría General de Educación.
Artículo 8. Resolución.
1. El tribunal de evaluación elaborará la propuesta de adjudicación de los premios de los
aspirantes cuyas pruebas hayan evaluado, que será elevada por la Secretaría General de
Educación a la persona titular de la Consejería de Educación y Empleo, para su resolución.
2. L
 a resolución de concesión de los Premios deberá ser dictada y publicada en el Diario Oficial
de Extremadura en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución se podrá entender desestimada la solicitud.
3. El alumnado premiado recibirá un diploma acreditativo de esta distinción, que quedará
anotada en su expediente y en su historial académicos.
4. El premio se abonará en un solo pago mediante transferencia bancaria. Para poder efectuar
el abono el alumnado propuesto para premio remitirá documento de “Alta de terceros”.
El órgano gestor comprobará, con carácter previo al pago, que las personas beneficiarias
se encuentran al corriente de las obligaciones con la Hacienda autonómica. En el caso de
oponerse de forma expresa a esta comprobación deberá aportar el citado documento a
requerimiento del órgano gestor.