Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2021061621)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a otorgar por la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para el equipamiento de centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021
27834
— Menos de 500 tarjetas sanitarias de mayores de 65 años: 5 puntos.
5. Recursos sanitarios de la Zona de Salud. Distancia al centro de salud de referencia, hasta
un máximo de 10 puntos.
— Distancia igual o mayor a 20 kilómetros: 10 puntos.
— Distancia menor de 20 kilómetros o ser centro de salud de referencia: 5 puntos.
6. Recursos sanitarios de la Zona de Salud. Distancia al hospital de referencia, hasta un máximo de 10 puntos.
— Distancia igual o mayor a 60 kilómetros: 10 puntos.
— Distancia menor de 60 kilómetros: 5 puntos.
7. En el centro se realiza atención continuada: 15 puntos.
8. Haber solicitado y no haber recibido una subvención de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales con la misma finalidad en los dos años anteriores:
20 puntos.
Séptimo. Financiación, pago y justificación de la subvención.
1. El importe del crédito destinado a esta convocatoria es de ciento treinta y seis mil ochocientos ochenta y cinco euros con dieciocho céntimos (136.885,18 €), con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021, de acuerdo con
el siguiente desglose:
— 110020000/G/212A/76000/FD14090701/20150342 “Inversión en Centros Sanitarios”,
cofinanciados con Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER), por un importe
total de 63.423,53€.
E
ste proyecto de gasto está cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional (FEDER) a través del Programa Operativo 2014-2020 de Extremadura, en el
Objetivo Temático 9. Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza y cualquier
otra forma de discriminación; y Prioridad de Inversión 9.a. La inversión en infraestructuras sociales y sanitarias que contribuyan al desarrollo nacional, regional y local y reduzcan las desigualdades sanitarias, y el fomento de la inclusión social mediante una mejora
del acceso a los servicios sociales, culturales y recreativos y la transición de los servicios
institucionales a los servicios locales.
Viernes, 4 de junio de 2021
27834
— Menos de 500 tarjetas sanitarias de mayores de 65 años: 5 puntos.
5. Recursos sanitarios de la Zona de Salud. Distancia al centro de salud de referencia, hasta
un máximo de 10 puntos.
— Distancia igual o mayor a 20 kilómetros: 10 puntos.
— Distancia menor de 20 kilómetros o ser centro de salud de referencia: 5 puntos.
6. Recursos sanitarios de la Zona de Salud. Distancia al hospital de referencia, hasta un máximo de 10 puntos.
— Distancia igual o mayor a 60 kilómetros: 10 puntos.
— Distancia menor de 60 kilómetros: 5 puntos.
7. En el centro se realiza atención continuada: 15 puntos.
8. Haber solicitado y no haber recibido una subvención de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales con la misma finalidad en los dos años anteriores:
20 puntos.
Séptimo. Financiación, pago y justificación de la subvención.
1. El importe del crédito destinado a esta convocatoria es de ciento treinta y seis mil ochocientos ochenta y cinco euros con dieciocho céntimos (136.885,18 €), con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021, de acuerdo con
el siguiente desglose:
— 110020000/G/212A/76000/FD14090701/20150342 “Inversión en Centros Sanitarios”,
cofinanciados con Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER), por un importe
total de 63.423,53€.
E
ste proyecto de gasto está cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional (FEDER) a través del Programa Operativo 2014-2020 de Extremadura, en el
Objetivo Temático 9. Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza y cualquier
otra forma de discriminación; y Prioridad de Inversión 9.a. La inversión en infraestructuras sociales y sanitarias que contribuyan al desarrollo nacional, regional y local y reduzcan las desigualdades sanitarias, y el fomento de la inclusión social mediante una mejora
del acceso a los servicios sociales, culturales y recreativos y la transición de los servicios
institucionales a los servicios locales.