Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061620)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para instalación de máquinas de perfilado de bobinas de aluminio para la fabricación de lamas de aluminio térmicas y cajones de aluminio para persianas, promovida por Extremeña de perfilados de aluminio, SL, (EXPALUM), en el término municipal de Fuente del Maestre (Badajoz).
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NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021



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• Se informará a todo el personal implicado en la ejecución de este proyecto del contenido del presente informe de impacto ambiental, de manera que se ponga en su
conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos.
Asimismo, se dispondrá de una copia del presente informe en el lugar donde se desarrollen los trabajos.



• Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no
someter nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.



• No se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.

• Cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa
previa. De acuerdo con el artículo 126 del Reglamento del DPH, la tramitación de expedientes de autorización de obras dentro, o sobre, el DPH se realizará según el procedimiento normal regulado en los artículos 53 y 54, con las salvedades y precisiones
que en aquel se indican.


• Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Fuente del Maestre y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias
en estas materias.

b. M
 edidas en fase de explotación.


• Toda la instalación se ubicará sobre pavimento impermeable.



• Se considera que la industria va a generar fundamentalmente aguas residuales procedentes de los servicios higiénicos.



• Estas aguas residuales sanitarias serán conducidas a la red de saneamiento municipal
del Ayuntamiento de Fuente del Maestre.



• El vertido evacuado a la red de saneamiento municipal deberá cumplir las condiciones
establecidas por el Ayuntamiento de Fuente del Maestre en su autorización de vertido.



• El proceso productivo que tiene lugar en la industria no da lugar a la generación de
aguas residuales de proceso.



• El almacenamiento y gestión de los productos necesarios para el desarrollo de la actividad, se regirá por su normativa específica.