Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061620)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para instalación de máquinas de perfilado de bobinas de aluminio para la fabricación de lamas de aluminio térmicas y cajones de aluminio para persianas, promovida por Extremeña de perfilados de aluminio, SL, (EXPALUM), en el término municipal de Fuente del Maestre (Badajoz).
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NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021



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Alrededor de los depósitos de almacenamiento de productos químicos se han construido muros de contención con un volumen igual o superior al de los depósitos
para albergar el contenido de los depósitos en el caso de un posible derrame o
vertido accidental. A su vez, la zona de descarga consta de una arqueta perimetral
ciega para evitar que en caso de un derrame accidental pueda llegar al alcantarillado público.



La industria contará con red de saneamiento que conduzca las aguas residuales
sanitarias a hasta la red de saneamiento municipal de Fuente del Maestre.



• Fauna y vegetación



Dado que se trata de una industria existente situada en un polígono industrial, no
se prevé afección significativa sobre la fauna y la vegetación del proyecto.

• 
Paisaje.


Al tratarse la zona de ubicación del proyecto de un polígono industrial, el impacto
visual ocasionado por las edificaciones que componen la industria puede considerarse compatible.

• 
Patrimonio arqueológico.


Según informe emitido por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la Carta Arqueológica no indica, en la parcela de referencia, la
presencia de ningún yacimiento arqueológico y no se conocen incidencias sobre el
Patrimonio Etnológico conocido en la citada parcela de referencia.

En conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos adversos significativos sobre
el medio ambiente, siempre que se apliquen las medidas recogidas en el apartado 4 “Condiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos adversos sobre el medioambiente”.
Igualmente, el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura 2000. Por ello, del análisis
técnico se concluye que no es preciso someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental ordinaria.
4. Condiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos adversos sobre el medioambiente.
a. Condiciones de carácter general.


• Deberán cumplirse todas las medidas protectoras y correctoras descritas en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del presente informe.