Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2021050088)
Orden de 26 de mayo de 2021 por la que se convoca el proceso de admisión y matriculación para cursar ciclos de Formación Profesional Básica de oferta obligatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2021-2022.
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NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021

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2. Para las personas aspirantes de al menos 18 de años, además de la documentación prevista
en el punto 1, en el caso de ser necesaria:
a) Declaración responsable según anexo II en la que manifiesta que no está en posesión
de un título de Formación Profesional de grado medio o grado superior o de cualquier
otro título que acredite la finalización de cualquier título de enseñanza secundaria
postobligatoria.
b) La presentación de la solicitud, conlleva la autorización expresa para que la Administración educativa recabe la información académica del programa Rayuela, salvo que
conste oposición expresa manifestada en la solicitud para que la Administración Educativa la recabe de los registros automatizados del sistema de gestión Rayuela en cuyo
caso deberá aportar certificación académica que acredite haber superado 3º o 2º de la
ESO, los módulos obligatorios de un PCPI, el primer curso de BUP, el Graduado Escolar,
o equivalentes académicos a los anteriores.
c) En su caso, acreditación de la experiencia laboral se realizará aportando los siguientes
documentos:
Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral
a la que estuviera afiliada la persona solicitante, donde conste la empresa, la categoría laboral y el periodo de contratación o, en su caso, el periodo de cotización en
el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Certificado de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que
conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de personas
trabajadoras por cuenta propia, certificación del alta en el Impuesto de Actividades
Económicas y justificantes de pago de dicho impuesto.
d) Si procede, documentación que acredite ser demandante de empleo con más de 4 meses de antigüedad.
3. La persona aspirante diagnosticada como ACNEE deberá presentar el dictamen de escolarización correspondiente en el caso de que se oponga a que la Administración lo recabe de
los registros automatizados del programa Rayuela.
4. Cuando la persona solicitante obtenga plaza en un centro distinto al solicitado en primer
lugar, y desee quedar matriculado en él, este centro reclamará al centro de la primera opción la documentación presentada, en su caso, por la persona, no antes del 1 de octubre.
No obstante, el centro procederá a la formalización inmediata de la matrícula, quedando
condicionada a la recepción de la documentación.