Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2021061651)
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2021.
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NÚMERO 105
Jueves, 3 de junio de 2021

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— Justificar la ayuda concedida en los términos, forma y plazos establecidos.
— Comunicar a la Secretaría General de Cultura la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o entes
públicos. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo
caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
— Cumplir con las obligaciones de publicidad, de conformidad con las especificaciones
contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
— Aportar, a su cargo, los locales, material, así como todos los recursos y medios necesarios para el desarrollo de la actividad.
— Habilitar en sus presupuestos una partida económica que garantice el gasto de la programación.
— Abonar el caché que corresponda, así como cualquier otro gasto derivado del desarrollo de la actividad, incluidos los derechos de autor generados por las representaciones
programadas, siempre que el espectáculo se desarrolle de conformidad con las características especificadas en el apartado 3 del anexo I de la Resolución de 19 de noviembre
de 2020.
— Realizar los pagos a las empresas en el plazo máximo estipulado por la ley tras la recepción de la factura correspondiente, y en todo caso en el plazo máximo de tres meses
desde la finalización del programa, según las necesidades de justificación establecidas
en la orden de convocatoria.
— Programar dos o tres días de presencia del escenario móvil en el municipio, según los
espectáculos que se les hayan adjudicado siendo el primero teatro, el segundo música
y el tercero animación de calle, en su caso.
— Organizar las actividades programadas, encargándose de la contratación y de los contactos pertinentes con las empresas.
— Remitir a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes y a las empresas contratadas,
con cinco días de antelación, los cambios o limitaciones que pudieran producirse en el
espacio donde se situarán los escenarios móviles.
— Hallarse al corriente en las obligaciones con respecto a la Seguridad Social, Hacienda
estatal y autonómica.