Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021061527)
Resolución de 23 de febrero de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Diam Corchos, SA".
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NÚMERO 104
Miércoles, 2 de junio de 2021

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CAPÍTULO IV
Política retributiva
Artículo 26. Principios generales.
Las remuneraciones económicas de los trabajadores afectados por este Convenio estarán
constituidas por retribuciones de carácter salarial y no salarial.
Todas las percepciones incluidas en el presente Convenio deben de entenderse como cuantías
brutas. De las mismas se descontarán en cada momento las cantidades que legalmente procedan. No podrá establecerse ningún pacto que traslade dichas obligaciones del trabajador/a
a la empresa.
El pago de salarios se efectuará por meses vencidos. Su forma de pago será por transferencia
bancaria, documento que suplirá la firma del trabajador en el duplicado del recibo de salario
como justificante del pago.
Artículo 27. Conceptos retributivos.
Durante la vigencia del presente convenio, el régimen retributivo del personal incluido en su
ámbito de aplicación estará integrado por los siguientes conceptos:
— Salario base.
— Gratificaciones extraordinarias.
— Complemento de puesto.
— Complemento variable.
— Pluses.
— Horas extraordinarias.
— Complemento antigüedad consolidada.
— Complementos no salariales.
Artículo 28. Incremento salarial.
Se pacta un incremento salarial para el año 2020 de un 2,5 % (dos coma cinco por ciento)
para todos los conceptos retributivos del convenio.