Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Espectáculos Públicos Y Actividades Recreativas. (2021040060)
Decreto 49/2021, de 26 de mayo, por el que se regula el régimen jurídico, organizativo y funcional del Consejo Asesor de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Extremadura.
9 páginas totales
Página
NÚMERO 103
Martes, 1 de junio de 2021

26967

Levantará actas y firmará las mismas, preparará la documentación procediendo a la remisión
a cada miembro de copia de las mismas, asistirá a la Presidencia en el desarrollo de sus funciones y llevará el registro y custodia de la documentación y actas de las sesiones.
Igualmente deberá velar por la legalidad formal y material de las actuaciones del órgano colegiado, certificar las actuaciones del mismo y garantizar que los procedimientos y reglas de
constitución y adopción de acuerdos son respetadas.
Artículo 6. Vocales.
1. Formarán parte del Consejo en calidad de Vocales las personas titulares de las Consejerías
competentes en Administración Local, Turismo, Comercio, Promoción Cultural, Medio Ambiente, Salud, Defensa de Consumidores y Usuarios, Accesibilidad, Juventud y Deporte, o
en su caso personal adscrito a cada Consejería en la que expresamente se delegue, designando en todo caso una representante por cada una de las competencias citadas.
2. Igualmente tendrán la condición de vocales:
a) La persona titular del Servicio competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
b) Dos personas representantes de Municipios menores de 20.000 habitantes nombrados
por la Fempex.
c) Una persona representante de la Excelentísima Diputación de Cáceres.
d) Una persona representante de la Excelentísima Diputación de Badajoz.
e) Los Ayuntamientos de Mérida, Cáceres y Badajoz designarán a una persona representante en cada uno de ellos.
f) Una persona representante del Consejo del Consumo de Extremadura.
g) Una persona representante del Consejo de la Juventud de Extremadura.
h) U
 na persona representante del Consejo Regional de Deportes de Extremadura.
i) Una persona representante de la organización más representativa que opere en el campo de la representación, defensa y acción de la discapacidad.
j) Una persona representante de las Asociaciones contra el ruido más representativas.
k) Dos personas representantes de las Asociaciones empresariales más representativas del
sector.