Consejería De Educación Y Empleo. Educación De Adultos. Admisión De Alumnos. (2021061574)
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca la admisión del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria, Bachillerato y programas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2021/2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 102
Lunes, 31 de mayo de 2021
26863
tudios hubieran sido superados en Extremadura en el curso 2008/2009 o siguientes,
la Administración educativa recabará estas informaciones de los registros automatizados del sistema de gestión Rayuela, salvo no se encuentre disponible en los citados
registros, en cuyo caso el interesado deberá aportar la documentación acreditativa
del expediente académico. Las materias que resulten convalidadas figurarán con el
término “convalidada” y el código “CV”. Las materias convalidadas no se tendrán en
cuenta a efectos de cálculo de la nota media de Bachillerato. Las materias convalidadas se considerarán superadas a los efectos de la obtención del título de Bachiller. Si
la materia resulte exenta conforme lo establecido en el artículo 27 de la Orden de 27
de marzo de 2018 de organización del Bachillerato se utilizará el término “Exento/a”
y el código “EX” en todos los casos y no será computada para el cálculo de la nota
media del Bachillerato.
ii. Acreditación de materias reconocidas o superadas con anterioridad, conforme lo establecido en el artículo 28 de la Orden de 27 de marzo de 2018 de organización del
Bachillerato para personas adultas en Extremadura. Las materias que resulten reconocidas aparecerán con una R separada de un guión, acompañada de la calificación
obtenida en su momento.
iii. Quienes tuvieran superadas materias en anteriores convocatorias de las pruebas
para la obtención directa del título de Bachiller para mayores de veinte años, aportación del documento original o una copia autenticada de dicha documentación para
su cotejo. En el caso de que dichos estudios hubieran sido superados en Extremadura en el curso 2008/2009 o siguientes, la Administración educativa recabará
estas informaciones de los registros automatizados del sistema de gestión Rayuela,
cuando la misma esté disponible en los citados registros, salvo que no se encuentre
disponible en los citados registros en cuyo caso el interesado deberá aportar la documentación acreditativa indicando las materias superadas. Las materias que han
sido superadas en convocatorias anteriores en las pruebas de obtención del título de
Bachiller, aparecerán en una SCA separada de un guion, de la calificación obtenida
en su momento.
2. C
uando se haya de presentar cualquier tipo de documentación acreditativa, se hará electrónicamente en el momento de presentar la solicitud. En todos los casos, se procurará
que dicha documentación sea un certificado en formato electrónico válido de acuerdo al
artículo 26.2 de la Ley 39/2015 o copia auténtica del mismo, es decir, que contenga un
medio electrónico y un código seguro de verificación para que la administración educativa
pueda comprobar su necesaria exactitud y veracidad. En caso de que esto no sea posible,
se aportará una copia simple. A la vista de lo anterior, los centros receptores de solicitudes,
anotarán en la aplicación informática la necesidad de que la persona solicitante está obli-
Lunes, 31 de mayo de 2021
26863
tudios hubieran sido superados en Extremadura en el curso 2008/2009 o siguientes,
la Administración educativa recabará estas informaciones de los registros automatizados del sistema de gestión Rayuela, salvo no se encuentre disponible en los citados
registros, en cuyo caso el interesado deberá aportar la documentación acreditativa
del expediente académico. Las materias que resulten convalidadas figurarán con el
término “convalidada” y el código “CV”. Las materias convalidadas no se tendrán en
cuenta a efectos de cálculo de la nota media de Bachillerato. Las materias convalidadas se considerarán superadas a los efectos de la obtención del título de Bachiller. Si
la materia resulte exenta conforme lo establecido en el artículo 27 de la Orden de 27
de marzo de 2018 de organización del Bachillerato se utilizará el término “Exento/a”
y el código “EX” en todos los casos y no será computada para el cálculo de la nota
media del Bachillerato.
ii. Acreditación de materias reconocidas o superadas con anterioridad, conforme lo establecido en el artículo 28 de la Orden de 27 de marzo de 2018 de organización del
Bachillerato para personas adultas en Extremadura. Las materias que resulten reconocidas aparecerán con una R separada de un guión, acompañada de la calificación
obtenida en su momento.
iii. Quienes tuvieran superadas materias en anteriores convocatorias de las pruebas
para la obtención directa del título de Bachiller para mayores de veinte años, aportación del documento original o una copia autenticada de dicha documentación para
su cotejo. En el caso de que dichos estudios hubieran sido superados en Extremadura en el curso 2008/2009 o siguientes, la Administración educativa recabará
estas informaciones de los registros automatizados del sistema de gestión Rayuela,
cuando la misma esté disponible en los citados registros, salvo que no se encuentre
disponible en los citados registros en cuyo caso el interesado deberá aportar la documentación acreditativa indicando las materias superadas. Las materias que han
sido superadas en convocatorias anteriores en las pruebas de obtención del título de
Bachiller, aparecerán en una SCA separada de un guion, de la calificación obtenida
en su momento.
2. C
uando se haya de presentar cualquier tipo de documentación acreditativa, se hará electrónicamente en el momento de presentar la solicitud. En todos los casos, se procurará
que dicha documentación sea un certificado en formato electrónico válido de acuerdo al
artículo 26.2 de la Ley 39/2015 o copia auténtica del mismo, es decir, que contenga un
medio electrónico y un código seguro de verificación para que la administración educativa
pueda comprobar su necesaria exactitud y veracidad. En caso de que esto no sea posible,
se aportará una copia simple. A la vista de lo anterior, los centros receptores de solicitudes,
anotarán en la aplicación informática la necesidad de que la persona solicitante está obli-