Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2021061462)
Resolución de 13 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca el XXVI premio "Joaquín Sama" a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021



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4ª. S
 i permite aplicaciones abiertas y adaptables a las necesidades de los usuarios,
con distintos niveles o grados de dificultad.



5ª. S
 i presenta medidas, técnicas o estrategias de atención a la diversidad (medidas
de adaptabilidad).



6ª. S
 i tiene como centros de interés contextos y contenidos cercanos a la realidad
cotidiana de los centros.

6. L
 os premios se podrán declarar desiertos cuando ninguno de los trabajos presentados
supere el 75% de la puntuación máxima que pueda obtenerse, que será de 100 puntos
atendiendo a los criterios establecidos en los apartados anteriores.
7. Los/las participantes solo podrán beneficiarse de un único premio en cada convocatoria.
Quinto. Resolución.
1. L
 a comisión, atendidas las alegaciones, emitirá informe vinculante sobre el que se elaborará la propuesta de adjudicación de los premios que se remitirá a la Secretaría General
de Educación para su resolución en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de
finalización de la presentación de solicitudes.
2. T
 ranscurrido el plazo máximo para que recaiga la resolución de concesión de subvención,
el/la interesado/a la podrá entender desestimada por silencio administrativo.
3. E
 n el caso de que el beneficiario sea un equipo de trabajo, la resolución de concesión deberá contener los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro y el importe de
la subvención a aplicar a cada uno de ellos.
4. L
 a resolución de concesión de los premios será publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, así como en el Portal de
Transparencia y la Participación Ciudadana en los términos del artículo 11 de la Ley 4/2013,
de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, y a la Base de Datos Nacional de
Subvenciones.
Sexto. Pagos.
1. E
 l abono de los premios será efectuado de una sola vez, durante el mismo ejercicio económico en el que se convocan, mediante transferencia a favor de los/las autores/as de
los trabajos premiados, de conformidad con los compromisos asumidos por cada persona
beneficiaria. A este fin, cada uno/a de los/as autores/as de los trabajos propuestos para
ser premiados deberá presentar original del documento de “Alta de Terceros” ante la Secretaría General de Educación. En caso de encontrarse dado de alta, deberá hacer constar
dicha circunstancia.