Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. Lista De Espera. (2021050084)
Orden de 25 de mayo de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de listas de espera en el Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Económicas y/o Empresariales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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Cuarta. Admisión de aspirantes.
1. F
 inalizado el plazo de presentación de instancias, por la Dirección General de Función Pública, se dictará resolución en el plazo máximo de veinte días hábiles, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las causas de exclusión.
En dicha resolución, que deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, se indicarán
los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas de aspirantes
admitidos/as y excluidos/as, señalando un plazo de cinco días hábiles para subsanación
de defectos y reclamaciones, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el
citado diario.
Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación
de admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as de la realización de la prueba.
2. R
 esueltas las alegaciones presentadas se dictará resolución, a publicar en el Diario Oficial
de Extremadura, declarando aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, con indicación de la fecha, lugar y hora del comienzo de la prueba selectiva.
Las listas provisionales y definitivas deberán exponerse, en todo caso, en la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, Oficinas de Asistencia a la
Ciudadanía de la Junta de Extremadura.
Quinta. Tribunal de Selección.
1. E
 l tribunal encargado de la realización de la prueba selectiva será el que figure en el anexo
II de esta orden.
2. N
 o podrán formar parte de los órganos de selección el personal que desempeñe cargos de
elección o de designación política o los haya desempeñado en los últimos dos años, el personal funcionario interino, el personal laboral temporal y el personal eventual, el personal
directivo profesional, las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la
convocatoria correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a
pruebas selectivas.
3. L
 as organizaciones sindicales que formen parte de las mesas de negociación correspondientes podrán participar como observadores durante la totalidad del proceso selectivo a
excepción de aquellos actos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de la
prueba, antes de su realización.
4. E
 l tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente y el Secretario o
de quienes, en su caso, los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.