Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Inclusión Social. Subvenciones. (2021050083)
Orden de 24 de mayo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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importe, procedencia y aplicación de tales fondos al programa subvencionado.
Esta relación vendrá incorporada en el modelo que se apruebe en la convocatoria,
no siendo necesario acompañar la documentación acreditativa de tales gastos,
sin bien deberán quedar en poder de la entidad beneficiaria, a disposición de los
órganos de comprobación y control.


4º En su caso, copia de las tres ofertas, como mínimo, que en aplicación del artículo
36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deba de haber solicitado la entidad beneficiaria.



b) Memoria técnica justificativa del desarrollo del programa subvencionado, con indicación de los objetivos conseguidos, metodología, actuaciones desarrolladas, temporalización, personas destinatarias finales del programa, recursos humanos y personal
voluntario, así como las incidencias surgidas durante su desarrollo y las desviaciones
acaecidas, conforme al modelo que se apruebe en la convocatoria.



c) Documentación acreditativa respecto a las obligaciones de publicidad establecidas
en la presente orden donde se refleje claramente la financiación o cofinanciación del
programa, según proceda.

2. E
 l plazo de presentación de la justificación del programa subvencionado será hasta el último día hábil del mes de febrero, inclusive, del año siguiente al de la finalización del plazo
de ejecución de los programas que determine la correspondiente convocatoria.
3. T
 odas las facturas que justifiquen los gastos de las actuaciones subvencionadas deberán
cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación o, de
haber sido éste derogado, la norma que lo sustituya.
4. L
 os originales de los documentos acreditativos de los gastos justificados se marcarán con
un estampillado indicando en el mismo el importe que se imputa a la subvención, conforme
al modelo que se recoge a continuación:

Gasto imputado a la subvención
programas de inclusión social para colectivos en
situación o riesgo de exclusión social
Junta de Extremadura.
Importe que se imputa a la subvención
____ euros.