Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0024)
Acuerdo de 28 de enero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en aprobar el Plan General Municipal "Simplificado" de Monterrubio de la Serena.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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en estos espacios. En este sentido, se apoyará el mantenimiento de los
aprovechamientos tradicionales, utilizando exclusivamente las rotaciones de cultivo con
barbecho, cereal y/o leguminosa y erial a pastos, con labores extensivas al tercio o
superiores, de forma que se labre el mismo año de siembra y aprovechando el ganado
las hojas de rastrojo y posío.
b. (D) Se preservarán zonas sin laboreo en el borde los arroyos y zonas de afloramientos
rocosos por su importancia en la diversificación del paisaje, reservorio de vegetación
natural y lugar de refugio y reproducción de las especies silvestres, incluidas las
cinegéticas. En los regatos se respetará una franja inculta de 2 m a cada lado como
mínimo, evitando siempre afectar a la vegetación de ribera.
c. (D) Los trabajos forestales en las zonas con presencia de especies arbóreas
primigenias, especialmente en el caso de los bosques de ribera, estarán orientados a la
ampliación, consolidación, regeneración y/o conexión de las masas y su estructura y
naturalidad, respetando o facilitando la presencia de las diferentes especies, estratos y
clases de edad.
d. (A) Se elaborarán manuales de manejos de conservación o de buenas prácticas que
describan claramente cómo llevar a cabo las distintas actividades relacionadas con la
agricultura (alzado, fertilización, siembra, tratamiento, binado, cosecha, empacado, etc.)
de forma respetuosa con el medio ambiente y, en concreto, de forma compatible con el
ciclo reproductor de las aves esteparias. Estos manuales se harán de forma coordinada
con las cooperativas agrícolas y ganaderas de la zona, y en concreto al menos con:
ALANSER, FOVEX SAT y Cooperativa de Castuera.
e. (D) Implantar una marca o distintivo de calidad para aquellos quesos con
Denominación de Origen Queso de La Serena procedentes de fincas incluidas en el
ámbito de actuación del presente Plan de Gestión. De esta forma se reconocerá a
aquellas explotaciones que, estando en Red Natura 2000, merezcan un especial
reconocimiento por utilizar sistemas de producción compatibles con los objetivos de
conservación de la Red Natura 2000. Del mismo modo se actuará con el aceite con
denominación de origen protegida “Aceite de Monterrubio” cuya zona geográfica de
producción se corresponde con la comarca natural de La Serena.
f. (A) Se realizará un inventario de los elementos estructurales del paisaje y en concreto
de los torrucos (acúmulos de piedras de las hojas de labor) por su importancia crucial
para la reproducción de especies como el cernícalo primilla, pero también por su valor
paisajístico.
Se promoverá la inclusión en el Sistema de Información Geográfica de Identificación de
Parcelas Agrícolas (SIGPAC) de la incidencia de elemento estructural en las parcelas
con presencia de estos elementos.
g. (D) Se velará porque se lleve a cabo la restauración ambiental de los distintos frentes
de explotación minera, estén o no actualmente en explotación.
h. (A) En concreto se realizará la restauración ambiental de las explotaciones que se
sitúan entre la carretera que une el Puerto de La Nava y la carretera EX104 que une
Castuera y Cabeza del Buey y el límite de la ZIP 12 Sierra del Calvario-Sierra de las
Vacas.
i. Para la conservación del elemento clave Estanques temporales mediterráneos (3170*):
i.1 (A) Realizar un Inventario del hábitat Estanques temporales mediterráneos (3170*)
que incluya su caracterización, determinación del estado de conservación, identificación
de sus principales amenazas y propuesta de medidas de gestión.
j. Para la conservación del elemento clave Marsilea batardae :
j.1 (A) Realizar muestreos para actualizar la información sobre el estado de conservación
de la Marsilea batardae en la ZEC La Serena.
Asimismo, dentro de Red Natura 2000 y hábitats naturales de interés comunitario, podrán
mantenerse las actividades ya existentes conforme a la normativa sectorial vigente, siempre que
no comprometan el estado de conservación de las especies Natura 2000 y hábitats de interés
comunitario y cuenten con todas las autorizaciones administrativas pertinentes.