Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0024)
Acuerdo de 28 de enero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en aprobar el Plan General Municipal "Simplificado" de Monterrubio de la Serena.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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1. Memoria Informativa y Justificativa. En el presente Plan General Municipal se desglosa
en documentos independientes que desarrollan todo su contenido, como se explica un
poco más adelante.
2. Planos de Información.
3. Normas Urbanísticas y fichas de planeamiento, desarrollo y ejecución.
4. Catálogo de Bienes Protegidos
5. Planos de Ordenación.
Más arriba se han indicado de forma global el conjunto de Documentos que componen
el Plan General Municipal.
El desglose más pormenorizado de la justificación de estos documentos al artículo 75
de la Ley 15/2001 del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, el artículo 42 del
Reglamento de Planeamiento de Extremadura y el Pliego de Prescripciones Técnicas, se
realiza a continuación.
MEMORIA DE INFORMACIÓN
Se ha realizado como Documento aparte, adaptándose al artículo 43.1 “Información”
del Reglamento de Planeamiento de Extremadura, y al Pliego de Prescripciones.
MEMORIA JUSTIFICATIVA
La Memoria Justificativa contiene lo indicado en el artículo 43.2 “Fundamentación”, del
Reglamento de Planeamiento de Extremadura, y al Pliego de Prescripciones.
La Memoria justifica, para su validez, las determinaciones correspondientes a los
documentos gráficos o literarios, incluyendo el análisis y las consecuencias demográficas,
sociológicas y ambientales de las determinaciones establecidas, con especial atención a las
directrices.
Esta Memoria Justificativa diferencia las determinaciones correspondientes a la
ordenación estructural y detallada, identificándolas expresamente por relación a documentación
escrita y gráfica.
INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL
La Ley 15/2001 del Suelo, modificada por la Ley 9/2010 exige en el artículo 75, regla
3ª, el estudio de impacto o informe de sostenibilidad ambiental legalmente exigible, que se
separa en Documento aparte.
Se ha redactado en los términos previstos en el Decreto 45/1991, de 6 de abril, sobre
Medidas de Protección del Ecosistema de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de la Ley
9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de determinados planes y programas en el medio
ambiente.
Fases:
• En la fase inicial se adjunta el Documento de Evaluación Inicial.
• El Órgano competente emite el Documento de Referencia.
• Se redacta el Informe de Sostenibilidad Ambiental.
• Finalmente, el Órgano Competente emite la Memoria de Sostenibilidad Ambiental.
ESTUDIO DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA
Este Plan General Municipal incluye la evaluación analítica de las posibles
implicaciones económicas y financieras en función de los agentes inversores previstos y de la
lógica secuencial establecida para su ejecución y puesta en servicio.
NORMAS URBANÍSTICAS
Las Normas Urbanísticas de esta Plan General Municipal integran las reglas técnicas y
jurídicas que, de forma articulada, precisan las condiciones sustantivas, temporales y
administrativas a que deben ajustarse todas y cada una de las actuaciones urbanísticas que
puedan tener lugar en el término municipal, ya se refieran a la gestión de las obras de
urbanización, de edificación o de implantación de actividades de todo tipo en cualquier clase y
categoría de suelo.
Las normas urbanísticas distinguen, identificándolas, las reglas pertenecientes a la
ordenación estructural y la ordenación detallada.