Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0024)
Acuerdo de 28 de enero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en aprobar el Plan General Municipal "Simplificado" de Monterrubio de la Serena.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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recomendable para los muy pequeños que se haya de andar más de 500 metros hasta llegar a
una zona de juego y relación con sus semejantes.
Así pues, las reservas de suelo para dotaciones públicas se sustituirán por su valor en
metálico conforme a los criterios de valoración legalmente establecidos. La cantidad
correspondiente se sufragará, en su caso, por los propietarios siguiendo el procedimiento
establecido en el artículo 155, apartado 3 de la LSOTEX.
El Ayuntamiento estará obligado a destinar los fondos así obtenidos a la adquisición de
los suelos precisos para las dotaciones públicas necesarias.
De este modo, el Ayuntamiento, con los fondos obtenidos, podrá adquirir parcelas
resultantes en la ubicación óptima.
Especialmente las zonas de juego infantiles se crearán si es posible en los ámbitos más
distantes de los actuales. Y los grandes equipamientos cuya necesidad surja en un futuro se
instalarán en las parcelas resultantes con la dimensión que precisen, según los criterios de
conciliación familiar y perspectiva de género más respetuosos con la dignidad y libertad de las
personas para optar singularmente por las soluciones que mejor se adecuen a su realidad
familiar.

SECCIÓN.4.1.2. CONDICIONES EDIFICATORIAS DE CARÁCTER PARTICULAR.
Art.4.1.2.1. Subzona RES1
RES1
SUBZONA
Esta subzona nace de la que las Normas Subsidiarias anteriores definieron como “Zona de
protección (ZP)”. Se aplica a edificios de vivienda, principalmente unifamiliar pero también
plurifamiliar, en Edificación en Manzana Compacta en dos plantas.
Presenta unas condiciones estéticas estrictas del planeamiento anterior.
Se aplica a las parcelas que se indican en el Plano Correspondiente de Ordenación Detallada.
CONDICIONES DE PARCELACIÓN
SUPERFICIE MÍNIMA (metros
75
cuadrados)
FRENTE MÍNIMO DE PARCELA
4,00
(metros)
FONDO MÍNIMO DE PARCELA (metros)
DIÁMETRO MÍNIMO INSCRIBIBLE
(metros)
Sólo en el caso de parcelas afectadas por
CONDICIONES DE PARCELACIÓN
PROTEGIDA
determinaciones del Catálogo.
POSICIÓN DE LA EDIFICACIÓN. RETRANQUEOS
PLANTA
PLANTA
OTRAS
GENERAL
BAJA
SÓTANO
PLANTAS
Sin
Sin
RESPECTO A LINDERO FRONTAL
(metros)
retranqueo
retranqueo
Libre
Sin
Sin
Sin
A LINDEROS LATERALES (metros)
retranqueo
retranqueo retranqueo
A LINDERO POSTERIOR (metros)
Libre
CONDICIONES DE APROVECHAMIENTO
PLANTA
PLANTA
OTRAS
GENERAL
BAJA
SÓTANO
PLANTAS
OCUPACIÓN (%)
100
-