Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2021061548)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021

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Cuarto. Requisitos de la persona física individual.
Si el joven agricultor o agricultora se instala de forma individual, para ser beneficiaria de estas
ayudas tendrá que cumplir los siguientes requisitos:
a) No haber sido titular de una explotación agraria inscrita por primera vez en el registro
de explotaciones agrarias con anterioridad a los veinticuatro (24) meses previos a la
presentación de la solicitud.
b) Tener una edad igual o superior a los dieciocho años y no haber cumplido los cuarenta
y uno en el momento de la solicitud.
c) Encontrarse al corriente de las obligaciones con la Hacienda Estatal y Autonómica y la
Seguridad Social, siendo requisito previo tanto para la concesión de la ayuda como para
su pago.
d) Contar con la capacidad y las competencias profesionales o académicas adecuadas en
el momento de la solicitud.
Se otorga un periodo de gracia hasta la fecha de certificación de la ayuda, a quienes
hayan tenido inscrita una explotación de una dimensión mínima de 0,5 UTA por primera
vez en el Registro o solicitada su inscripción, dentro de los 12 meses previos a la publicación de esta convocatoria de ayuda.
Esta capacitación se alcanza mediante el cumplimiento de algunas de las siguientes
condiciones:


1. P
 oseer título académico o haber superado enseñanzas profesionales de las ramas
agrarias o alimentarias específicas, como mínimo de alguno de los siguientes programas o niveles: formación profesional de primer grado, capataz o ciclo de grado
medio.



2. H
 aber realizado el curso de incorporación a la empresa agraria, homologado por
la Comunidad Autónoma de Extremadura.

e) C
 omprometerse, en el momento de la presentación de la solicitud, a que la explotación
cumpla las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los
animales, de conformidad con la normativa comunitaria, estatal y autonómica, hasta, al
menos, la finalización del periodo de ejecución del Plan Empresarial (5 años).
f) Comprometerse, en el momento de presentación de la solicitud, a ejercer la actividad
agraria en la explotación, a cumplir lo previsto en el Plan Empresarial objeto de ayuda
y a mantener las condiciones que dieron lugar a la concesión de la ayuda desde el momento de su concesión hasta, al menos, la finalización del periodo de ejecución del Plan
Empresarial (5 años).