Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2021061548)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021

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2. E
 l procedimiento se inicia de oficio mediante esta Resolución de la Secretaría General de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, que será publicada en el
Diario Oficial de Extremadura, junto con el extracto de la misma.
La convocatoria será también objeto de publicación en el Portal de Subvenciones de la Junta
de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 6/2011, y en
el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, de conformidad con
el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. El
Portal de Subvenciones está ubicado en la sede electrónica corporativa.
Asimismo y conforme al artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y el artículo 16 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en redacción dada por Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, es obligada la publicidad
de la convocatoria y del extracto de la misma, obtenida por conducto de la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación.
Además, se accederá a la información anteriormente citada a través del Portal del Ciudadano en el siguiente enlace: https://ciudadano.gobex.es/ de conformidad con el Decreto
225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de la administración electrónica de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Noveno. Solicitud de la ayuda
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será un mes contado a partir de la publicación de esta Resolución de convocatoria y del extracto de la misma en el Diario Oficial de
Extremadura.
La solicitud se realizará mediante el modelo normalizado (anexo I) publicado en esta convocatoria que se cumplimentará preferentemente a través de Internet, en el portal oficial de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura
http://agralia.juntaex.es (aplicación informática “ARADO”).
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio proporcionará a los agricultores y agricultoras las claves personalizadas de acceso al sistema informático de presentación de solicitudes, e igualmente a través de las Oficinas Comarcales Agrarias se facilitará la
acreditación informática a los representantes de las personas interesadas que van a colaborar
con ellas en la formulación de la solicitud.
Una vez cumplimentada la solicitud, podrá ser presentada a través de la sede electrónica
corporativa de la Junta de Extremadura o en cualquiera de los registros de entrada de documentos, Oficinas de Respuesta Personalizada, Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía o en los