Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061531)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Belvis III" de 4,496 MWp, e infraestructura de evacuación en el término municipal de Almaraz (Cáceres). Expte.: IA20/670.
44 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021
26120
Tercero. Respecto del contenido de la calificación rústica previsto por los artículos 65 a 70,
ambos incluidos, de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura (LOTUS):
1) E
l importe del canon a satisfacer será un mínimo del 2% del importe total de la inversión
realizada en la ejecución, que será provisional hasta que se finalice la obra y será definitivo con la liquidación de las mismas.
3) L
a superficie de suelo requerida para la calificación rústica quedará vinculada legalmente a las edificaciones, construcciones e instalaciones y sus correspondientes actividades
o usos. Mientras la calificación rústica permanezca vigente, la unidad integrada por esos
terrenos no podrá ser objeto de división. Del acto administrativo por el que se otorgue
la calificación rústica, se tomará razón en el Registro de la Propiedad con carácter previo
al otorgamiento de la autorización municipal.
4) L
a calificación rústica tiene un periodo de eficacia temporal limitado y renovable, que en
el presente caso se fija en treinta años.
5) L
a calificación rústica otorgada habrá de inscribirse en el Registro Único de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura.
6) L
a calificación rústica contendrá la representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno, y
del área de suelo vinculada a la calificación.
En suelo rústico no pueden realizarse obras o edificaciones que supongan riesgo de formación
de nuevo tejido urbano. En el presente caso no se aprecia la existencia de riesgo de formación
de nuevo tejido urbano.
En consecuencia, a los efectos previstos en el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la instalación de la
planta solar fotovoltaica de 4,496 MW propuesta, desde un punto de vista urbanístico, no es
un uso recogido expresamente en algunas de las categorías de suelos del planeamiento, si
bien es autorizable ya que tampoco está prohibido expresamente, sin perjuicio de que en el
procedimiento administrativo debe quedar acreditada la compatibilidad entre la construcción
de las instalaciones que se pretenden y los valores del suelo sobre el que se ubica.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 69.8 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y respecto al contenido de la calificación rústica, las condiciones y características de las medidas medioambientales exigibles
para preservar los valores naturales del ámbito de implantación, su entorno y paisaje (letra
Jueves, 27 de mayo de 2021
26120
Tercero. Respecto del contenido de la calificación rústica previsto por los artículos 65 a 70,
ambos incluidos, de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura (LOTUS):
1) E
l importe del canon a satisfacer será un mínimo del 2% del importe total de la inversión
realizada en la ejecución, que será provisional hasta que se finalice la obra y será definitivo con la liquidación de las mismas.
3) L
a superficie de suelo requerida para la calificación rústica quedará vinculada legalmente a las edificaciones, construcciones e instalaciones y sus correspondientes actividades
o usos. Mientras la calificación rústica permanezca vigente, la unidad integrada por esos
terrenos no podrá ser objeto de división. Del acto administrativo por el que se otorgue
la calificación rústica, se tomará razón en el Registro de la Propiedad con carácter previo
al otorgamiento de la autorización municipal.
4) L
a calificación rústica tiene un periodo de eficacia temporal limitado y renovable, que en
el presente caso se fija en treinta años.
5) L
a calificación rústica otorgada habrá de inscribirse en el Registro Único de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura.
6) L
a calificación rústica contendrá la representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno, y
del área de suelo vinculada a la calificación.
En suelo rústico no pueden realizarse obras o edificaciones que supongan riesgo de formación
de nuevo tejido urbano. En el presente caso no se aprecia la existencia de riesgo de formación
de nuevo tejido urbano.
En consecuencia, a los efectos previstos en el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la instalación de la
planta solar fotovoltaica de 4,496 MW propuesta, desde un punto de vista urbanístico, no es
un uso recogido expresamente en algunas de las categorías de suelos del planeamiento, si
bien es autorizable ya que tampoco está prohibido expresamente, sin perjuicio de que en el
procedimiento administrativo debe quedar acreditada la compatibilidad entre la construcción
de las instalaciones que se pretenden y los valores del suelo sobre el que se ubica.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 69.8 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y respecto al contenido de la calificación rústica, las condiciones y características de las medidas medioambientales exigibles
para preservar los valores naturales del ámbito de implantación, su entorno y paisaje (letra