Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2021061485)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, correspondiente a la anualidad 2021.
23 páginas totales
Página
NÚMERO 99
Miércoles, 26 de mayo de 2021

25710

b) Documentos que acrediten el abono de la renta de alquiler correspondiente a las tres
últimas mensualidades anteriores a la solicitud, salvo que la vigencia del contrato no
alcanzara dichos meses, en cuyo caso se acreditará el pago de la renta de alquiler, de
igual manera, desde el inicio del contrato. Tales documentos se acomodarán a las previsiones contenidas en la letra d) del apartado 1 del artículo 18 de la orden de 30 de abril
de 2020.
c) El modelo normalizado para Altas de Terceros, que haga constar sus datos identificativos y los datos de la cuenta bancaria en la que deba efectuarse el abono de la ayuda,
siempre que no tuviera cuenta activa en el Subsistema de Terceros. Las personas interesadas deberán ser titulares o cotitulares de la cuenta bancaria.
d) En caso de situación legal de desempleo o ERTE, informe expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social relativo a la vida laboral de la persona beneficiaria afectada
por tal circunstancia, y certificado expedido por el SEXPE, u otros organismos competentes, acreditativo de la situación legal de desempleo durante el periodo de renta
subvencionada.
5. E
 l órgano directivo competente en materia de vivienda recabará electrónicamente los documentos que seguidamente se relacionan, salvo que las personas interesadas se hubieren
opuesto expresamente a ello en el modelo normalizado de solicitud:
a) Copia del documento nacional de identidad (DNI), número de identidad de extranjero
(NIE) o tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal (NIF) de la/s persona/s
solicitante/s y del representante, en su caso.
b) Certificación acreditativa de que las personas solicitantes se encuentran al corriente en
las obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como con la Seguridad Social.
c) Certificación del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria en el que se hagan
constar los bienes inmuebles de naturaleza urbana, de los que sea propietaria o usufructuaria la persona solicitante y los demás miembros de la unidad familiar.
Mediando oposición de las personas interesadas, estas deberán presentar, junto con su
solicitud, los documentos anteriormente señalados.
6. E
 l órgano directivo competente en materia de vivienda recabará electrónicamente la información que acredite que las personas solicitantes se hallan al corriente con la Hacienda
Estatal, salvo que no lo hubieren autorizado expresamente en el modelo normalizado de
solicitud.