Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2021061485)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, correspondiente a la anualidad 2021.
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NÚMERO 99
Miércoles, 26 de mayo de 2021

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Por lo anteriormente expuesto, y en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son conferidas, de conformidad con el artículo 58 la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo
29 en relación con el artículo 23.1 la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura indicados, y previa autorización del Consejo de Gobierno
en su sesión del día
RESUELVO
Primero. Objeto.
1. L
 a presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de las subvenciones estatales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente a la
anualidad 2021, incluidas en el programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto
económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, incorporado al Plan
Estatal de Vivienda 2018-2021 regulado en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, a
través de la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento
de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo,
por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico
para hacer frente al COVID 19.
La convocatoria se realiza al amparo de la Orden de 30 de abril de 2020, por la que se
aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda
habitual, incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (DOE n.º 84, de 4 de mayo),
modificada por la Orden de 9 de marzo de 2021 (DOE n.º 68, de 13 de abril).
2. E
 l programa referido en la presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas
al alquiler a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del
impacto económico y social del COVID-19, se hallen en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida de conformidad con el artículo 4 de la Orden de 30 de abril de
2020 y por ello acrediten tener problemas transitorios para atender al pago parcial o total
del alquiler, o para hacer frente a la devolución de las ayudas transitorias de financiación
recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, por el que se adoptan medidas
urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
3. Q
 uedan expresamente excluidos de este programa, los adjudicatarios de viviendas de promoción pública, así como las unidades de convivencia que residan en la vivienda arrendada
y que comprendan dos o más unidades familiares, conforme a la definición contenida en la
letra c) del artículo 3 de la citada Orden de 30 de abril de 2020.