Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2021061485)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, correspondiente a la anualidad 2021.
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NÚMERO 99
Miércoles, 26 de mayo de 2021

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minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual,
incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (DOE número 84, de 4 de mayo).
Posteriormente, el Ministerio de Movilidad, Transporte y Agenda Urbana del Gobierno de España, aprueba la Orden TMA/930/2020, de 29 de septiembre, por la que se modifica la Orden
TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en cumplimiento de lo dispuesto en los
artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan
medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 (BOE número 262, de 3 de octubre). Dicha orden, como indica su preámbulo, persigue
suprimir el plazo límite para solicitar la ayuda (30 de septiembre) y someterlo simplemente
a los ya establecidos con carácter general en el propio Plan Estatal de Vivienda 2018-2021,
debido a que así lo hace recomendable la evolución reciente de la pandemia y por tanto de la
vulnerabilidad sobrevenida provocada por su impacto económico y social sobre los arrendatarios de su vivienda habitual.
La Orden de 30 de abril de 2020 se diseñó teniendo en cuenta que el programa estatal de
ayudas solo podría dar lugar a una convocatoria de ayudas. La modificación operada por el
Ministerio abría la puerta a nuevas convocatorias de ayuda, con lo que se aprobó la Orden
de 9 de marzo 2021, por la que se modifica la Orden de 30 de abril de 2020, por la que se
aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a
minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual,
incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021(DOE número 68, de 13 de abril), con el fin
de posibilitar la presentación de nuevas solicitudes de ayuda, más allá del plazo inicialmente
previsto por el legislador estatal, adaptando los periodos de renta subvencionada regulados
en la Orden de 30 de abril de 2020 a esta nueva realidad; todo ello dentro de los límites que
permite la normativa estatal de financiación pública en esta materia.
El artículo 5 de la Orden de 30 de abril de 2020 establece que el procedimiento de concesión
de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, es el de concesión directa,
mediante convocatoria abierta.
La convocatoria de las subvenciones se efectúa por resolución del titular de la secretaría
general competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2, en relación con el
artículo 23.1, de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Bajo la superior autoridad y dependencia de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda
y en el ámbito de sus competencias, corresponde a la Secretaría General realizar la convocatoria de las referidas ayudas.