Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2021061554)
Extracto de la Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece una convocatoria de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, para la anualidad 2021.
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NÚMERO 99
Miércoles, 26 de mayo de 2021

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vivienda.
3. L
 os requisitos exigidos para acceder a las subvenciones deberán cumplirse a la fecha de
presentación de su solicitud de subvención y deberán mantenerse durante todo el plazo de
renta subvencionada.
4. S
 e consideran beneficiarios, y deberán solicitar la ayuda, las personas que, en calidad de
arrendatarias, hubieren formalizado el contrato de arrendamiento de la vivienda objeto de
la ayuda.
Cuarto. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 30 de abril de 2020, por la que se
aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a
minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual,
incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (DOE número 84, de 4 de mayo); teniendo
en cuenta, no obstante, la nueva redacción de algunos de sus preceptos contenida en la Orden de 9 de marzo 2021, por la que se modifica la Orden de 30 de abril de 2020, por la que se
aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a
minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual,
incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021(DOE número 68, de 13 de abril)
Quinto. Subvención.
La cuantía de la subvención se ajustará a las previsiones contenidas en el artículo 17 de la
Orden de 30 de abril de 2020, en su nueva redacción según la Orden de 9 de marzo de 2021.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día en que surta efectos la resolución de
convocatoria y finalizará el 15 de julio de 2021.
Séptimo. Financiación.
1. L
 a convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 16.002.261A.489.00,
código proyecto de gasto 20200223 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2020, que cuenta con una cantidad máxima inicialmente
consignada de 1.500.000,00 €.
2. L
 a concesión de subvenciones tendrá como límite la cuantía global del crédito presupuestario fijado en la convocatoria, sin perjuicio de su incremento conforme a la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en función de