Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021061470)
Resolución de 13 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "LAMT 20 kV de enlace entre LAMTs 20 kV "Berzocana" y "Cañamero"", a realizar en el término municipal de Navezuelas (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: LE 002/18.
32 páginas totales
Página
NÚMERO 98

25462

Martes, 25 de mayo de 2021

B.3. Trámite de consultas a las personas interesadas.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Industria, Energía y Minas, además de a las Administraciones Públicas afectadas,
también consultó a las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, interesadas o
vinculadas con el medio ambiente. Las consultas realizadas se relacionan en la tabla
adjunta. Se han señalado con una «X» aquellas que han emitido informe o formulado
alegaciones a dichas consultas.

RELACIÓN DE CONSULTADOS

RESPUESTA

Ecologistas en Acción Extremadura.

-

ADENEX.

-

SEO Bird-life.

-

C) Resumen del análisis técnico del expediente.
La Dirección General de Industria, Energía y Minas dio traslado al promotor de los informes
recibidos durante los trámites de información pública y consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, para su consideración en la redacción, en su
caso, de la nueva versión del proyecto y del Estudio de Impacto Ambiental, en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Con fecha 30 de enero de 2020 el promotor envía carta de aceptación de todos los condicionantes establecidos en los informes, a la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Con fecha de 13 de febrero de 2020, se remite por parte de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, solicitud de inicio de evaluación ambiental ordinaria y los informes
recibidos durante los trámites de información pública y consultas a las administraciones
públicas afectadas y a las personas interesadas y el resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.