Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021061470)
Resolución de 13 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "LAMT 20 kV de enlace entre LAMTs 20 kV "Berzocana" y "Cañamero"", a realizar en el término municipal de Navezuelas (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: LE 002/18.
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NÚMERO 98
Martes, 25 de mayo de 2021

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Conforme al artículo 70 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez examinado el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado de las consultas y la información pública,
se inicia el análisis técnico del proyecto, evaluando los efectos ambientales previsibles al
objeto de determinar si procede la realización o no del proyecto, las condiciones en las que
puede desarrollarse y las medidas adicionales, correctoras o compensatorias necesarias.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.


Para la ubicación del trazado de la línea se han valorado 3 alternativas, además de la
alternativa cero, que supondría la no realización del proyecto. Esta alternativa de no
realización del proyecto queda descartada debido a que la actuación va encaminada a
mejorar el suministro eléctrico a las poblaciones que se encuentran en punta, con una
sola alimentación eléctrica.



En el análisis de alternativas se han tenido en cuenta factores tales como la pendiente, la hidrología, la vegetación, los hábitats, la flora y fauna o los espacios naturales,
entre otros.




Las alternativas valoradas son las siguientes:
— Alternativa 1: La línea aérea tendría su origen en el apoyo n.º 526 de la LAMT
“Cañamero” derivación a CT “Albergue Navezuelas” de la STR “Cañamero”, y finalizaría en el apoyo existente n.º 44 de la LAMT “Berzocana” derivación a CT “Las
Villuercas (R. Transmisiones)” de la STR “Cañamero”.



Esta alternativa se encuentra en Zona de Protección de la Avifauna, según Resolución de 14 de julio de 2014, además de afectar a la ZEPA-ZEC “Sierra de las
Villuercas y Valle del Guadarranque”.



La alternativa 1, así como los apoyos cercanos al entronque de la misma, discurren por cotas más altas al estar ubicados en divisorias y son mucho más visibles. Presenta una afección paisajística de una magnitud moderada, consecuencia
también de la necesidad de formación de los accesos a media ladera y los movimientos de tierra asociados, una mayor interferencia con los suelos y geología al
emplazarse los apoyos a media ladera y en las zonas de cumbres.



El hecho de que el último tramo de esta alternativa discurra por cotas más altas,
aumenta el riesgo de colisión de la avifauna.



En lo que respecta a la afección a Hábitats protegidos, esta alternativa afecta a
Robledales galaico-portugueses de Quercus pyrenaica y de Quercus robur y Bosques de Castanea sativa.